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Modificación legislativa en materia de IVA {Autónomos y Pymes ya no están obligados a liquidar el IVA de sus ventas hasta que hayan cobrado las FACTURAS} [11/2/2010]

Hoy ha sido un día largo… pero contar y comentar una buena noticia no tiene precio.

La Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) y la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) se felicitaron ayer de que el Congreso de los Diputados aprobara el martes que los autónomos y las pymes no se vean obligados a liquidar con Hacienda el impuesto sobre el valor añadido (IVA) de sus ventas hasta que hayan cobrado el importe de las facturas a sus clientes.


«Era una injusticia que los autónomos estuvieran obligados a pagar el
IVA de una factura que ni siquiera sabían si se iba a cobrar», o «vendrá a compensar la morosidad en los pagos que en este momento sufren muchos empresarios», fueron algunos de los comentarios de los representantes de estas asociaciones. El Congreso de los Diputados aprobó esta modificación, que implica cambiar el criterio de devengo por el de caja para el cálculo de la liquidación de IVA.

 

Así mismo comunicaron en un escrito la solicitud a Hacienda en cuanto a minimizar la burocracia.

 

Otros medios blog y titulares que se han hecho eco de este asunto son:

 

- FinancialRed: adios al iva de las facturas impagadas

- GestiónPyme: el congreso aprueba cambiar la ley para que autónomos y pymes no paguen el iva.

 

 

Ahora, lo próximo es que se aborde la propuesta para acortar el periodo de cobro de las pymes a 60 días para empresas y a 30 para las administraciones, iniciativa promovida por la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad. Ad+ recordad, amigos particulares y empresas, a partir de julio de 2010 el IVA pasa a ser del 18% en lugar del 16.

 

Si eres pyme o autónomo, ¿te lo vas a perder?. Seguro que no, al menos no debieras. ¡¡¡Pasate del devengo a la caja!!!.. por tu ”iva”, o la supervivencia de tu negocio. La Esteban lo diría de una forma +clara: “yo por mi iva, Ma-To”.

 

 

 

VIA noticia: ElPeriodico.

Seguro de crédito y Recobro morosos

El aumento de la tasa de morosidad ha provocado que se endurezcan seriamente los seguros de crédito (más prima y menos % de cobertura global de riesgo, es decir: menor límite de riesgo concedido por referencia cliente).

 

Este castigo afecta especialmente a autónomos y pymes.

 

En un contexto de tipos de interés a la baja e incremento de los fallidos notificados en los últimos seis meses, el mercado se encuentra con tasas de siniestralidad superiores al 170%.

 

Estos asuntos, entre otros, han sido abordados en mesa redonda de asesores de empresas sobre el seguro de crédito, en el que los expertos en riesgos de crédito explican cómo ha cambiado la gestión de riesgo en España y destacan “la importancia del seguro de crédito en el flujo económico, que se valora poco”, así como que “ante la crisis, ya es más importante el cobro que la venta para la empresa”.

 

Desde algunos ponentes se manifiesta que la mayoría de las empresas no han tenido servicios internos jurídicos que se dedicaran a la gestión del riesgo, e insistieron que “deberían haber implementado la asesoría jurídica interna en el recobro”, además del recurso a abogados externos.

 

Por su parte, las compañías de Seguros de crédito solicitan al Gobierno de España inversiones de futuro, que redunden en una mejora de la sostenibilidad a largo plazo del seguro de crédito tanto para las aseguradoras cómo en beneficio de los asegurados.

La sociedad de recobro Cobratis, explica muy bien* mediante este esquema cómo se gestiona la recuperación de deudores de cara a su fácil comprensión por empresarios y administradores:

 

 

 

(*) Lo único, creemos que hay un error en la cifra en la que se puede resolver el caso en juicio monitorio pues se realizan para deudas de hasta 30.000 euros.

CaixaFactura gestión electrónica facturas

La gestión electrónica de sus facturas a través de CaixaFactura es cómoda y sencilla, ya que el emisor (su empresa) envía y firma la factura y demás documentos a través de Línea Abierta (Banca Electrónica de “la Caixa”), y una vez el deudor (sus clientes) ha aceptado la factura esta ya está lista para que se anticipe su importe.

 

 

Otras ventajas del Factoring “la Caixa” relacionadas con CaixaFactura:

 

Contabilidad y control de las facturas,

 

- Descongestiona el departamento de contabilidad y de crédito de la empresa cedente (su empresa en este caso).

- Periódicamente se le facilitarán listados de sus facturas pendientes de cobro agrupadas por comprador (deudor) con información estadística de las mismas.

 

Gestión de cobro,

 

- Gestionan todas las formas de cobro (las más habituales son: transferencia, cheque y pagaré).

- La entidad realiza todas las gestiones necesarias para alcanzar el buen fin de las operaciones cedidas. En estas gestiones, puede detectarse si existe cualquier tipo de problema, lo que contribuye a reconducir la situación.

 

Gestión de impagados:

 

Se realizan las primeras gestiones para conocer las causas del incumplimiento y se transmiten al cliente, en el caso que sea de origen contractual.

 

- Se delegan las gestiones para conocer las causas del impago y, si las mismas obedecen a insolvencia del comprador (deudor) y estuviese contratada la cobertura de la misma, será CaixaFactoring la que inicie los trámites judiciales pertinentes.

 

Asesoramiento o tramitación de cesiones,

 

- Contar con asesoramiento para cada deudor propuesto, así como facilitarle los modelos de cesión para cada uno de ellos.

- Igualmente, a petición de su empresa, pueden realizar la tramitación de la cesión de créditos en su nombre.

 

 

 

Por la nacionalidad y tipología de las empresas compradoras (deudores) se definen distintas modalidades de factoring en “la Caixa”.

 

- Factoring sector privado (financiación sin recurso o con recurso)

- Factoring sector público (seguridad social y organismos públicos)

- Factoring exportación (con o sin financiación)

 

Para contratar los servicios i-Factoring del factoring “la Caixa” puede dirigirse a cualquier oficina de su red comercial, llamar directamente al número de teléfono que ofrecen desde su página Web –enlace arriba- o cumplimentar el formulario de correo electrónico en “Atención al cliente“.

 

Recuerde que el factoring es un producto financiero diseñado especialmente para proveedores de grandes empresas y de las administraciones públicas, que pagan normalmente mediante transferencia y en plazos dilatados.

 

Les dejo aquí el acceso a las Preguntas frecuentes sobre factoring, que ofrece “la Caixa para su información. 

“la Caixa” factoring

El servicio de factoring de “la Caixa” es la póliza idónea para aquellas empresas que desean cubrir el riesgo de insolvencia de sus clientes (la morosidad), así como poder anticipar, en cualquier momento, sus ventas a plazo a través de la Banca Electrónica (denominada Línea Abierta Empresas) o desde su oficina de “la Caixa“.

 

Operativa del servicio de factoring “la Caixa”

Se basa en la “cesión mercantil” de los créditos originados por las ventas, documentadas por facturas o por documentos cambiarios, a favor de ”la Caixa”.

 

 

Ventajas financieras y de crédito del servicio de factoring

 

Financiación de sus ventas,

 

Anticipo de un porcentaje predeterminado de las facturas.

 

- Obtención de línea de financiación sobre sus ventas a los compradores clasificados.

- Financiación de sus facturas según sus necesidades.

- La contratación de la financiación mediante un contrato sin recurso le permite reducir su exigible (pasivo en balance –mejorando los ratios de solvencia / endeudamiento-) y no consumir su riesgo bancario (CIRBE). No obstante, ya se empieza a observar en las CIR de las empresas la declaración de factoring por parte de entidades financieras. Tengan ojo al respecto de cual es el tipo de contrato que firma, con o sin recurso. Si firma una póliza “con recurso” el riesgo será declarado en su CIRBE como cualquier otro riesgo comercial de su empresa en el sistema financiero nacional.

 

Clasificación crediticia de sus clientes,

 

Clasificación crediticia de sus compradores (deudores) tanto nacionales como extranjeros no residentes.

 

Cobertura del riesgo de insolvencia,

 

- Cobertura del 100% del riesgo de insolvencia de los compradores clasificados. Por insolvencia se entiende: suspensión de pagos, quiebra, existencia de concurso privado de acreedores, cierre o cese de actividad.

- La cobertura del riesgo de insolvencia NO contempla los litigios y discrepancias de carácter técnico-comercial.

ARAG recuperación del IVA facturas impagadas

La compañía ARAG ofrece ayuda a pymes y autónomos a hacer frente a la morosidad, y -como no podía ser de otra forma- se esfuerza al máximo por optimizar los beneficios que pone a disposición de sus asegurados.

 

 

Así, si además el cliente desea reclamar a Hacienda la devolución del IVA de una factura que en su día ingresó y que finalmente no cobró, ARAG le confecciona el documento jurídico necesario para poder tramitar esta devolución. Es conveniente saber que Hacienda sólo permite este procedimiento en aquellos casos en los que la base imponible de la factura es superior a 300 euros y la antigüedad de la factura es superior al año.

 

 

Precisamente, el Pleno del Congreso aprobó el pasado 21 de abril una propuesta que insta al Gobierno a modificar la fiscalidad de Pymes y autónomos para permitir que no tributen en el IVA y en el Impuesto general Indirecto Canario (IGIC) por las facturas pendientes de cobro.

 

Actualmente ARAG es la primera compañía de Defensa Jurídica Especializada de España, con más de veinte oficinas propias repartidas por todo el territorio. El volumen de primas supera los 100 millones de euros gracias a la confianza de ocho millones de clientes.

 

A través de su página Web ARAG ofrece un teléfono de contacto para asegurarse, una dirección de email con este mismo fin, info(at)arag.es, así como un servicio de consulta con múltiples teléfonos de contacto personalizados, un área de registro de usuarios y suscripciones a la revista ARAG. Tu mundo legal

ARAG ayuda legal recuperación morosos

La compañía ARAG ofrece ayuda a pymes y autónomos a hacer frente a la morosidad, incluyendo dentro de sus contratos las siguientes coberturas:

- La gestión de impagados de ARAG cubre, en primer lugar, la gestión extrajudicial, es decir, ARAG gestiona por esta vía las deudas documentadas, vencidas y no prescritas de importe igual o superior a 150 euros y con una antigüedad máxima de 180 días.

  • En el ámbito de España y la Unión Europea.
  • Con una tarifa de porcentaje sobre el importe efectivamente recuperado, a determinar con el cliente en función de volúmenes y características de los expedientes deudores cedidos (tipo de deuda, antigüedad, plazo de gestión, etcétera).
  • Además, ARAG no devengará honorarios, ni comisión, en expedientes cerrados sin éxito y asumirá los gastos de gestión en tal caso.
  • ARAG se compromete a realizar un mínimo de dos gestiones escritas y dos gestiones telefónicas, además de hacer un seguimiento por agenda, a negociar acuerdos, quitas, etcétera.

 

- En caso de que la vía extrajudicial resulte agotada, ARAG ofrece la posibilidad de acudir a la vía judicial, de la mano de su red de abogados.

  • ARAG también cubre con este servicio la gestión judicial, es decir, ARAG gestiona por esta vía las deudas documentadas, vencidas y no prescritas de importe igual o superior a 300 euros y los expedientes que no se hayan podido resolver por la vía amistosa (extrajudicial). En el ámbito de España y la Unión Europea.
  • ARAG realiza un estudio previo de solvencia del deudor y la viabilidad jurídica del caso.
  • Antes del inicio de las actuaciones judiciales, el cliente debe aceptar el presupuesto de honorarios judiciales. ARAG ofrece a sus clientes unas tarifas especiales con interesantes ventajas.
  • El cliente asume el 100% de los honorarios y gastos, provisionando el 50% del presupuesto previo al inicio de las actuaciones y abona el 50% restante al finalizar el procedimiento.

 

Principales ventajas.

El servicio de gestión de impagados de ARAG ofrece además todas las garantías que sólo los mejores profesionales, por su experiencia y formación, pueden ofrecer para lograr de forma más eficaz y rápida el cobro de todo tipo de deudas. Está demostrado que la reclamación del pago exigida por un tercero externo ejerce una mayor presión y autoridad sobre el deudor que la ejercida por la propia empresa acreedora. Además, cada deudor precisa de un trato diferenciado según su perfil, por lo que los expertos de ARAG (con más de 100 abogados especializados en la gestión de impagados) podrán utilizar los argumentos más eficaces en cada caso.

Indirectamente, el outsourcing de la gestión de impagados permitirá a la pyme o autónomo librarse de realizar importantes inversiones en tecnología, personal, tiempo, además de ahorrarse otros gastos generales, como teléfono, fotocopias, cartas, etc. vinculados a la gestión de cobro de créditos vencidos.

ARAG reclamación de impagados

La compañía ARAG ofrece ayuda a pymes y autónomos a hacer frente a la morosidad.

 

 

Pymes y autónomos se enfrentan, con la actual situación económica, a importantes retos que dependen de su capacidad para resistir al stress coyuntural sobre la liquidez, competitividad y productividad; existe una urgente necesidad de renovarse y adaptarse a las nuevas circunstancias.

Sin embargo, tan indispensable como gestionar lo propio es asegurarse el cobro de las posibles facturas o créditos emitidos, públicos o privados, gestiones, que pueden llegar a durar más de tres meses. Por tanto se produce una separación de la actividad productiva respecto de la económica y financiera para poder sobrevivir en ambos ámbitos: en su mercado y en su balance patrimonial.

Hace tan sólo unos días les indicábamos desde este blog (24/06/2009) que tan importante como el control de la inversión en inmovilizados es el de la inversión en capital circulante. “No compre mercancías de dudosa salida comercial a corto plazo ni venda a clientes y/o a plazos que dude cobrar. Tres valores empresariales fundamentales son: solvencia, rotación de activos y liquidez/realizable”. No los descuide pues sino sus acreedores pueden hacerle más complicada aún la salida de la actual crisis.

Por estos motivos, ARAG ha querido introducirse en el sector de reclamación de impagados mediante un nuevo servicio dirigido a pymes que necesiten apoyo legal para la gestión de sus impagos y recobros ante el creciente repunte de la morosidad. Y es que, según las previsiones de la aseguradora, 1 de cada 4 empresas de tamaño medio y pequeño van a necesitar apoyo de estas características, en especial en los sectores de equipamientos del hogar, automoción, textil y construcción, los más afectados por la crisis económica.

Las ventajas de un servicio legal de estas características son la reducción media del plazo de cobro a sus deudores / clientes, lo que contribuye a reducir las posibilidades de que prescriba la deuda, de fuga del deudor o de preferencia de pago a otros acreedores. En consecuencia, quienes tengan contratado este servicio podrán experimentar un incremento directo de su tesorería y, por tanto, obtendrán una mejora de su rentabilidad financiera y económica por extrapolación.

 

El origen de la firma ARAG se remonta al año 1935 en Alemania. Es entonces cuando el prestigioso abogado y notario, Heinrich Fassbender, funda ARAG como Compañía de Seguros de Defensa Jurídica especializada en el automóvil, aunque pronto se generalizó al resto de ramos aseguradores. En 1945, se crea en Dusseldorf la sede central de ARAG, convertida ya en referente nacional en el sector de la Defensa Jurídica.

Nace la lista de “MOROSOS BUENOS” para agilizar el crédito

Para completar el tradicional registro de morosos se ha creado el historial positivo, es decir, este en el que aparecerá el perfil del buen pagador, con las operaciones en las que ha cumplido sus obligaciones.

 

Para los expertos, estos datos permitirán que la concesión de crédito pueda “flexibilizarse”.

 

OPINIÓN EXPERTO SEGUROS

 

En nuestra modesta opinión no tenemos tan claro este punto, dado que desde nuestra experiencia en análisis de riesgos de crédito -de volúmenes significativos- las alertas externas siempre son un criterio de discriminación negativa, y si no aparece un CIF o NIF en estos registros-alertas “la valentía… se presupone, como en la mili”.

 

Quizás sí tenga más validez para pequeñas operaciones de crédito, préstamos al consumo, tarjetas de crédito u otras operaciones de riesgo con particulares y autónomos, o -por poner un caso concreto- para los tan extendidos préstamos “Express” comercializados vía promoción publicitaria y con atención a distancia de la solicitud. Para todo lo demás, interpretamos que hay mejores indicadores de solvencia, capacidad de pago y liquidez que este nuevo registro “positivo”.

 

El tiempo nos dará –o no- la razón. Cuando lo probemos, si es relevante, informaremos de la utilidad y éxito en la implantación de esta nueva herramienta.

 

VOLVAMOS A LA INFORMACIÓN

 

Esta herramienta lleva años utilizándose en otros países y desde septiembre de 2007 una sentencia del Tribunal Supremo permite que se ofrezca esa información.

 

En opinión de Beatriz Acosta, directora del PROYECTO BUREAU POSITIVO de Crédit Services,  “este instrumento proporciona una mejor valoración de la situación crediticia real del solicitante, reduciendo las tasas de morosidad hasta en un 40%”.

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