Escrito por GregorioHM el 2 mayo, 2011
Ya que me da la sensación que la Ley de Responsabilidad Medioambiental española (2007) esta aún muy verde, sirva la redundancia conceptual, os voy a poner aquí el ejemplo de por cual nivel de desarrollo, intervención y desintervención llevan en un país menos desarrollado economicamente como es Argentina.
La Ley General del Ambiente, aprobada en 2002, estableció que toda persona que realice actividades de potencial riesgo para el ambiente debe contratar un seguro, en tanto que la cartera ambiental precisó las actividades fabriles que quedan alcanzadas por esa obligación, especificando cuáles son las más riesgosas de acuerdo con su complejidad.
Para ello se establecieron tres niveles, que responden a partir de un puntaje, a factores relacionados con los efluentes residuales, el riesgo, el sistema de gestión ambiental, sustancias particularmente peligrosas, el rubro, la localización y la dimensión de las empresas.
En el caso de las industrias identificadas en el segundo y tercer nivel (mediana y alta complejidad ambiental), están alcanzadas por el deber de contratar el seguro ambiental. Por otra parte, se habilita a las autoridades locales a incluir en los niveles pasibles de seguro a establecimientos con puntaje inferior, teniendo en cuenta variables como por ejemplo la vulnerabilidad del lugar de emplazamiento (sitio muy urbanizado, cercanías a fuentes de agua o lugares protegidos, etc), antecedentes negativos en el desempeño ambiental, u otros criterios de riesgo.
La Resolución aprobada modifica la categorización de los niveles de complejidad ambiental. Según los efluentes residuales, riesgo, dimensión y de localización, se distinguen tres niveles:
PRIMERA CATEGORIA (hasta 11 puntos inclusive), SEGUNDA CATEGORIA (11 a 25 puntos inclusive) y TERCERA CATEGORÍA (mayor de 25 puntos). Los establecimientos identificados como categoría 2 (mediana complejidad ambiental) y categoría 3 (alta complejidad ambiental), están alcanzados por el deber de contratar el seguro ambiental.
Con la modificación, se lleva la PRIMERA CATEGORIA hasta 14 puntos inclusive (se da un “salto” de 11 a 14); por lo que una pymes, por ejemplo, para quedar obligada, deberá ser clasificada con 14,5 puntos (superior a 14 puntos), lo que introduce una mayor equidad en el régimen de clasificación de las “actividades riesgosas”. De esta forma, se excluyen aquellas que a pesar de no desarrollar ningún tipo de actividad de mediana o alta complejidad ambiental, quedaba “atrapada” en el sistema, por otras razones (rubro, dimensión, localización) que nada tiene que ver con criterios estrictamente ambientales, tales como el riesgo o los efluentes residuales.
¿ Qué os parece la legislación medioambiental española a los expertos en la materia, empresarios y aseguradores ?
Mi opinión: Al final esto no deja de ser otro negocio más, por el cual las empresas y aseguradoras pagan “religiosamente” las tasas e impuestos correspondientes de forma adicional a la prima de seguro de turno, en este caso el seguro medioambiental. En cualquier caso, para bien o para mal, me da la sensación de que en España vamos un paso por detrás por mucho que vendamos la fachada de un cambio hacia la “economía sostenible“.
+info sobre la LRM 2007 y seguros medioambientales en España
VIA: diariojornada
Publicado: 2 mayo, 2011
Categorias: Coyuntura económica, de Empresas, de Gran Empresa, de Pymes, industriales
Etiquetas: Etiquetas: Argentina, de Pymes, economía sostenible, españa, impuestos, industrias, medioambiente, seguros de empresa, seguros medioambientales, seguros obligatorios, tasas
Escrito por GregorioHM el 25 marzo, 2010
Daños que puede sufrir la maquinaria, las mercancías, daños que se pueden causar a terceras personas durante la actividad, incluso a los propios empleados … preveer una compensación por si a consecuencia de algún imprevisto la actividad queda interrumpida temporalmente son algunos ejemplos.
COBERTURAS BASICAS
- Incendio, explosión, caída del rayo
- Daños por explosión, implosión o autoexplosión
- Efectos secundarios
- Maquinaria de procedencia extranjera
- Materias primas de procedencia extranjera
- Gastos de salvamento y extinción
- Gastos de demolición, desguace y desescombro
- Inhabitabilidad y/o pérdida de alquileres
- Gastos de reconstrucción de documentos, moldes, matrices y planos
- Daños producidos por el agua
- Rotura de lunas, cristales, espejos, rótulos
COBERTURAS OPTATIVAS
- Pérdida de beneficios
- Paralización de la actividad
- Equipos electrónicos
- Avería de maquinaria
- Derrame de líquidos
- Mercancías transportadas
- Responsabilidad civil explotación
- Responsabilidad civil de productos
- Responsabilidad civil patronal
- Riesgos extensivos
• Actos de vandalismo o malintencionados
• Viento, lluvia, pedrisco o nieve
• Inundación
• Humo
• Choque de vehículos terrestres
• Caída de aeronaves
• Ondas sónicas
- Robo y expoliación
- Daños eléctricos
- Coberturas adicionales
- Caída de árboles, antenas y postes de radio y televisión
- Daños materiales directos a jardines
- Derrame, fuga o escape accidental de instalaciones de extinción de incendios
- Llenar los equipos contra incendios
- Gastos ocasionados por la obtención de permisos y/o licencias
- Honorarios profesionales
- Accidentes corporales
El Taller, el almacén … la Pequeña y Mediana Empresa tiene en el Coberpyme de Mussap un buen socio.
Publicado: 25 marzo, 2010
Categorias: de Almacenes, de Empresas, de Inmuebles, de Logística, de Maquinaria y equipos electrónicos, de Pymes, de Responsabilidad civil - RC, de Talleres, industriales, Mussap Mutua de seguros
Etiquetas: Etiquetas: industrias, Mussap, seguro almacenes, seguro para empresas, seguro pymes, seguros de taller
Escrito por GregorioHM el 12 enero, 2010
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El grupo asegurador catalán Cahispa –operador en seguros a nivel nacional a través de diversas delegaciones territoriales- ofrece un seguro MULTIRRIESGO DE PROTECCIÓN INDUSTRIAL destinado a garantizar a la Pyme Industrial en general y a un sinfín de empresas del sector Servicios, la total protección contra los innumerables riesgos a los que se hallan expuestas.
Cahispa presume estas características en este seguro: simple contratación, amplias coberturas, y la posibilidad de revalorización automática de los capitales asegurados. La flexibilidad del producto te permite encontrar para cada necesidad/riesgo, su solución/cobertura más adecuada

Estos seguros se pueden contratar a través de su red de delegaciones y mediadores.
Aquí tienes las garantías cubiertas y % asegurado con este seguro patrimonial:
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GARANTÍAS
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BÁSICAS
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Incendio, explosión y caída del rayo
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100%
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Gastos de salvamento
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100%
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Gastos de extinción de incendios
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10%
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Gastos de desescombro
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10%
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Desalojo forzoso
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15%
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Reposición de archivos
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5%
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Daños eléctricos
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Gastos de obtención de licencias y/o permisos
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5%
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OPTATIVAS
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Extensión de garantías Incluye:
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Actos de vandalismo y malintencionados
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100%
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Lluvia, viento, pedrisco o nieve
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100%
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Inundación
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100%
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Humo
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100%
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Choque o impacto de vehículos terrestres
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100%
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Caída de astronaves o aeronaves
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100%
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Ondas sónicas
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100%
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Derrame o escape de instalaciones automáticas
de extinción de incendios |
100%
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Daños por agua Incluye:
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20%
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Escapes y desbordamientos de instalaciones fijas
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Filtraciones o goteras de agua
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Omisión del cierre de llaves o grifos
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Búsqueda, localización y reparación de averías
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Rotura de cristales, lunas y rótulos
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Responsabilidad Civil Incluye:
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R.C. Explotación
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R.C. Patronal
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R.C. de Productos
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Quedan incluidas la Defensa y Fianzas Judiciales
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Robo y/o expoliación Incluye:
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Robo y/o expoliación del contenido
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100%
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Dinero en efectivo en muebles cerrados
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Dinero en cajas de seguridad
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Transporte de fondos
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Desperfectos por robo o intento
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Desfalco, fraude o malversación
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Pérdida de Beneficios
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100%
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Avería de maquinaria
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100%
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Mercancías en cámaras frigoríficas
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100%
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Derrame de líquidos
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100%
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Aquí les dejamos el enlace a la Web de Cahispa donde pueden ver los límites máximos de los capitales asegurados por algunos de estos conceptos (los capítulos que no recogen % asegurado más algún caso concreto –techo de la garantía-).
Según informo expansión.com el 25/11/2009 (artículo “Cahispa busca una solución a su dificil situación patrimonial“), la Dirección General de Seguros intervino Cahispa hace más de dos años (en septiembre de 2007) por “deficiencias significativas de control interno y de política de inversiones” y nombró dos admistradores provisionales: Fernando Lavilla, economista, y Sergio Gago, abogado, que el 26 de septiembre pasado cesó en este cargo para tomar posesión de administrador en Agrupación Mutua, intervenida también por Seguros. Ahora, Cahispa esta en proceso de venta. ¿Alguién sabe como se ha cerrado la venta o disolución de Cahispa?
Por lo demás… su página Web esta bastante bien personalizada para los distintos participes / usuarios de esta aseguradora.
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Publicado: 12 enero, 2010
Categorias: Cahispa, Corredurías, Coyuntura económica, de Empresas, de Pymes, Delegaciones, Dirección General de Seguros, industriales, MultiRiesgo, Redes de oficinas
Etiquetas: Etiquetas: agrupación mutua, aseguradora en venta, Cahispa, Dirección General de Seguros, industrias, intervenciones, mediadores, oficinas, pymes industriales, sector servicios, seguros de empresa, seguros de industrias, techo de la garantía
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