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Modelo empresarial industrial basado en Pymes: ¿éxito o fracaso?


En España, desde siempre antes de que entraramos de lleno en la crisis actual (2008-20XX), se ha presumido del amplio tejido empresarial radicado en multitud de pequeñas y medianas empresas (pymes) que generan una amplia cantidad de empleos.

Sin embargo, a raiz de esta crisis se esta viendo como su capacidad de aportar valor es limitada, teniendo que recurrir en muchos casos al despido como una de las primeras vías para ajustar su estructura organizativa y de gastos.

Algunas de su debilidades son: baja calidad de la gestión financiera y de su tesorería unida a una alta dependencia del crédito bancario, reducido poder de negociación en la cadena de valor, limitada productividad, baja capacidad de exportación, dependencia de la gerencia familiar y de su salud (física y/o mental).

Ahora surgen algunos estudios económicos como los aportados por la Caixa, con la base de destacar que en nuestro país contamos con una ratio del 93% de pymes sobre el total empresas (igual que la OCDE y 10 puntos por encima de Alemania). Por tanto habría que medir que parte del PIB generan todo este volumen de empresas.

Este estudio argumenta que los motivos de que las pymes no den el salto para ser grandes empresas pueden ser: “las rigideces del mercado laboral, los dilatados y dificultosos trámites burocráticos, la normativa fiscal y contable, la disparidad de normas entre los distintos niveles administrativos o una cierta inseguridad jurídica”, a parte de una determinada “falta de ambición”.

Actualmente se ha reformado el mercado laboral dando mayor poder al empresario y menos derechos a los trabajadores, el resto de factores serían salvables en su mayoría con la utilización de los técnicos internos y profesionales externos oportunos en cada materia.

Esperemos que la ratio se reduzca y se acerque al 90%, en muchos casos por la necesidad de concentración sectorial como esta sucediendo en la banca, para apoyar al relanzamiento económico que necesita el país, como también por el progresivo cierre de pymes que no tendrán viabilidad a largo plazo en las próximas décadas.

Comparadores seguros Empresas y Pymes


Los comparadores de seguros de empresas y profesionales están saliendo a la luz en el mercado de comparadores on-line y atención a clientes potenciales a través del canal internet, poniendo a disposición de empresas y profesionales información suficiente para intermediar estas contrataciones de alto valor añadido.

Así, vemos como una nueva start-up en internet (comparador-seguros-empresas.es) se ha posicionado con una importante estrategia de posicionamiento SEO en el TOP3 de webs de seguros empresas, sólo por detrás de la líder Mapfre, en busqueda por esas dos palabras “core”, con el objetivo de intermediar la contratación de pólizas de seguros entre aseguradoras y empresas.

El pool de seguros ofertados para empresas y pymes son:

  • Seguros Tiendas y comercios
  • Seguros Empresas y pymes
  • Seguros Oficinas
  • Seguros Transporte de Mcías.
  • Seguros Construcción
  • Seguros Industriales
  • Seguros Comunidades

comparador-seguros-empresas compara los seguros de empresa de las principales aseguradoras como Mapfre, Catalana-Occidente, Caser, Fiatc, Groupama, Zurich, Allianz, Axa, Ocaso o Liberty, y esta emprendido por profesionales con 25 años de experiencia en la intermediación de seguros empresas.

Si bien es verdad que la web ofrece basicamente enlace a formularios para cumplimentación online, otro punto fuerte es que ofrece un teléfono de contacto (902) para elaborar telefonicamente los cuestionarios y obtener presupuestos, coberturas y tarifas, de forma gratuita.

En ExpertoSeguros/Empresas también pueden encontrar comparadores de seguros para empresas y profesionales, actualmente:

Suerte con sus comparaciones y contrataciones de seguros para empresa.

Seguros de Protección de Pagos (SPP o PPI) | Garantía de préstamos e hipotecas ante incapacidad, desempleo y fallecimiento


Este es un seguro interesante para autónomos y administradores de empresas que esten afrontando por dificultades de liquidez y puedan incurrir en situación de impago de nuevas financiaciones.

Los seguros de protección de pagos (SPP o PPI por sus siglás en inglés) empezaban a conocerse en España con la llegada de la crisis económica, durante el año 2007, y cubren situaciones de pérdidas de ingresos como incapacidad temporal o la pérdida del empleo.

La modalidad básica cubre el fallecimiento y la incapacidad permanente. 

La prima del seguro, normalmente prima única pagadera en el momento de contratación, depende del plazo de la cobertura y del importe a garantizar, y puede tener limitaciones en importe máximo de cuota que cubre y plazo de tiempo garantizado, según el banco-aseguradora con la que se contrate.

A cierre de 2011 la evolución de la facturación por venta de este tipo de seguros mantenia su tendencia creciente de forma estable, en línea con los tiempos de crisis actuales.

Seguro de tasación para financiación hasta el 100% del LTV vivienda, local o nave (valor tasado) | Interesante para Empresas


Si ayer hablabamos de otro tema de bancaseguros, la “obligación” de contratar el seguro todoriesgo con el banco que presta la financiación hipotecaria, hoy vimos en BankimiaNews un artículo que rompe los esquemas financieros de riesgo bancario en 2011: Seguro de Tasación- La posibilidad de financiar el 100% de tasación.

Advertir primeramente que estos seguros llevan un tiempo en que no se comercializan por las aseguradoras, dada la coyuntura económico recesiva iniciada a finales de 2007, ni se les espera a corto plazo, pero lo cierto es que desde el punto de vista empresa-empresario puede tener sentido financiero cuando vuelva a estar en el portfolico de las sucursales bancarias.

Esto es la explicación de la solución aseguradora que da Mireia Quiros:

El seguro de tasación es un tipo de póliza que asegura a la entidad financiera por el importe de la hipoteca que sobrepasa el 80% de la tasación ; el cliente del banco es quién paga la prima y una aseguradora responde ante cliente y banco.

Pongase en el caso de que la sociedad/empresa compra una vivienda (como inversión patrimonial o para uso del empresario), una mercántil se deduce gastos e interesés del impuesto de sociedades, por lo que en esta vía tiene un incentivo para apalancarse pagar el seguro y no drenar liquidez de esta forma al flujo de operaciones corrientes del negocio o core business.

Dado que ahora el LTV admitido para financiación hipotecaria sobre oficinas/locales comerciales y naves se ha rebajado al 60%, ¿se dan cuenta del potencial que tendría para el mercado de seguros analizar la viabilidad de asumir estos riesgos y discriminar para hacer una buena cartera?

De esta forma en función a las reglas de admisión de riesgo de la aseguradora y a criterios de rentabilidad-riesgo se podrían cotizar primar para asegurar un 10, 20, 30 o hasta el 40% por encima para que también los inmuebles de personas jurídicas puedan llegar a ser financiados al 100%. Estaría bien que un actuario les echará números… tiempo al tiempo, solo hay que esperar unos cuantos años a que el precio de los inmuebles se estabilice y recupere la senda alcista en precio corriendo nuevamente detrás de la inflación hasta vatirla again.

Seguro obligado al escriturar el prestamo hipotecario sobre Nave industrial


Hoy nos comentaba en el consultorio de Bankimia un empresario sobre la obligatoriedad o no de contratar el seguro multirriesgo o todo riesgo industrial con el banco que le concede la financiación hipotecaria para adquirirla.

Aquí os dejo nuestra respuesta para que os sirva de orientación:

más que obligatorio es necesario puesto que es totalmente normal que la entidad que asume el riesgo financiero obtenga la garantía del seguro (de la que se pondrán incluso como beneficiarios en póliza) sobre el bien a financiar. si lo quieres hacer en otra entidad luego cuando toque renovarlo tendrás que ver que su cancelación no te afecte al tipo de interés del préstamo.

para aclarar en cuanto a la obligación o no deberías revisar la póliza de préstamo, y ver si se indica algo al respecto, aunque pudiera ser que esta clausula se considere “abusiva” por lo que posiblemente no viene reflejado nada y podrías hacer el seguro que quieras en 12 meses. no obstante si es poco dinero lo que te ahorras has de saber que es bueno siempre tener “contento” al banco/sus gestores vía este tipo de compensaciones que dan rentabilidad a la sucursal y al banco por ende.

¿Cúal ha sido tu experiencia y satisfacción como empresario en este tipo de operaciones / préstamos con “obligatoriedad de contratar el seguro”… multirriesgo, de amortización, etc.?

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Seguro que nuestro experto mediador puede opinar cualificadamente en relación de esta obligación a priori extracontractual.

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