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Archivo por etiqueta: Dirección General de Seguros

Cahispa Seguro multirriesgo DE PROTECCIÓN INDUSTRIAL


El grupo asegurador catalán Cahispa –operador en seguros a nivel nacional a través de diversas delegaciones territoriales- ofrece un seguro MULTIRRIESGO DE PROTECCIÓN INDUSTRIAL destinado a garantizar a la Pyme Industrial en general y a un sinfín de empresas del sector Servicios, la total protección contra los innumerables riesgos a los que se hallan expuestas.


Cahispa presume estas características en este seguro: simple contratación, amplias coberturas, y la posibilidad de revalorización automática de los capitales asegurados. La flexibilidad del producto te permite encontrar para cada necesidad/riesgo, su solución/cobertura más adecuada

 

 

 

Estos seguros se pueden contratar a través de su red de delegaciones y mediadores.

 

Aquí tienes las garantías cubiertas y % asegurado con este seguro patrimonial:

GARANTÍAS

BÁSICAS

 

Incendio, explosión y caída del rayo

100%

Gastos de salvamento

100%

Gastos de extinción de incendios

10%

Gastos de desescombro

10%

Desalojo forzoso

15%

Reposición de archivos

5%

Daños eléctricos

 

Gastos de obtención de licencias y/o permisos

5%

 

 

 

OPTATIVAS

 

Extensión de garantías Incluye:

 

Actos de vandalismo y malintencionados

100%

Lluvia, viento, pedrisco o nieve

100%

Inundación

100%

Humo

100%

Choque o impacto de vehículos terrestres

100%

Caída de astronaves o aeronaves

100%

Ondas sónicas

100%

Derrame o escape de instalaciones automáticas
de extinción de incendios

100%

 

 

Daños por agua Incluye:

20%

Escapes y desbordamientos de instalaciones fijas

 

Filtraciones o goteras de agua

 

Omisión del cierre de llaves o grifos

 

Búsqueda, localización y reparación de averías

 

 

 

Rotura de cristales, lunas y rótulos

 

 

 

Responsabilidad Civil Incluye:

 

R.C. Explotación

 

R.C. Patronal

 

R.C. de Productos

 

Quedan incluidas la Defensa y Fianzas Judiciales

 

 

 

Robo y/o expoliación Incluye:

 

Robo y/o expoliación del contenido

100%

Dinero en efectivo en muebles cerrados

 

Dinero en cajas de seguridad

 

Transporte de fondos

 

Desperfectos por robo o intento

 

Desfalco, fraude o malversación

 

 

 

Pérdida de Beneficios

100%

Avería de maquinaria

100%

Mercancías en cámaras frigoríficas

100%

Derrame de líquidos

100%

 

 

 

Aquí les dejamos el enlace a la Web de Cahispa donde pueden ver los límites máximos de los capitales asegurados por algunos de estos conceptos (los capítulos que no recogen % asegurado más algún caso concreto –techo de la garantía-).

Según informo expansión.com el 25/11/2009 (artículo “Cahispa busca una solución a su dificil situación patrimonial“), la Dirección General de Seguros intervino Cahispa hace más de dos años (en septiembre de 2007) por “deficiencias significativas de control interno y de política de inversiones” y nombró dos admistradores provisionales: Fernando Lavilla, economista, y Sergio Gago, abogado, que el 26 de septiembre pasado cesó en este cargo para tomar posesión de administrador en Agrupación Mutua, intervenida también por Seguros. Ahora, Cahispa esta en proceso de venta. ¿Alguién sabe como se ha cerrado la venta o disolución de Cahispa?

Por lo demás… su página Web esta bastante bien personalizada para los distintos participes / usuarios de esta aseguradora.

 

 

Mejoran la información de las pólizas de decesos. Nuevo artículo 105.bis por iniciativa de la DGSFP


La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) pretende que las compañías que comercialicen seguros de Decesos mejoren la información que ofrecen al cliente en el momento de la contratación.

 

Por ello, se propone la inclusión de un nuevo artículo (el 105.bis) que conllevará la exigencia, de que, en este tipo de seguros, se entregue al cliente información detallada sobre el producto que va a contratar.

 

Así, en base a lo propuesto por la DGSFP para este nuevo artículo, “se deberá hacer entrega al tomador del seguro de una nota informativa redactada de forma clara y precisa” sobre diferentes aspectos del producto que se va a contratar en la que se debe incluir el siguiente CONTENIDO:

A) En función de cuál sea la modalidad del seguro de Decesos que está ofertando:

 

- Identificación de la modalidad conforme a la siguiente tipificación: a prima nivelada, natural o seminatural.

- Definición de la modalidad que se está ofertando, características y método de cálculo de la prima inicial.

B) Para cualquiera de las modalidades (todas) del seguro de Decesos que se está ofertando:

 

- Identificación de los factores de riesgos objetivos a considerar en la tasa de prima a aplicar en las sucesivas renovaciones de la póliza: edad del asegurado, variaciones en el capital asegurado, evolución en los costes de los servicios funerarios u otros.

- Cuadro evolutivo estimado de las primas comerciales anuales hasta que el asegurado alcance la edad de noventa años.

 

- Información sobre las actualizaciones de capitales asegurados y de primas, a aplicar en las renovaciones y plazo de antelación al vencimiento y forma en la que se van a realizar las comunicaciones al tomador del seguro.

- Garantías accesorias opcionales a la cobertura de Decesos que se ofrecen en la misma póliza.

- Condiciones de rescisión de la póliza.

- Supuestos de renuncia, por parte de la entidad aseguradora, a oponerse a la renovación de la póliza a su vencimiento.

- Existencia, o no, del derecho de rehabilitación de la póliza y normas por las que se rige, en su caso.

La delicada situación de la Agrupación Mutual Aseguradora


Diego Murillo, presidente de la Agrupación Mutual Aseguradora, explicó en un reportaje a Prnoticias las causas de la delicada situación por la que está atravesando la compañía. Al mismo tiempo, responsabilizó a la Dirección General de Seguros por los perjuicios económicos y de imagen ocacionados..

“Traigo todo esto a colación por las actuaciones que la Dirección General de Seguros realiza en los últimos meses contra Agrupación Mutual Aseguradora, A.M.A. En la práctica, esta compañía está parcialmente intervenida, sin poder gestionar y disponer de sus activos al margen de las obligaciones contractuales ya firmadas. Se trata de una medida excepcionalmente grave, que la ley sólo autoriza cuando la entidad en cuestión tiene un riesgo cierto de insolvencia, como señala una sentencia de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de 17 de junio de 2008. “ Expresó el director de la compañía.

Murillo agregó que “A.M.A. ha experimentado en sus últimos once años un importantísimo crecimiento; sus beneficios se han incrementado un 134% y los fondos propios un 179%, dispone de cerca de medio millón de pólizas suscritas, un superávit en coberturas de provisiones técnicas de 77,56 millones de euros, y un patrimonio propio no comprometido de 89,96 millones de euros, su solvencia está plenamente garantizada, con lo que la proporcionalidad de las medidas impuestas por el organismo supervisor no tiene justificación alguna.”

Además, explicó que el principal motivo de la intervención es la supuesta percepción indebida de dietas y emolumentos por el Consejo de Administración durante los últimos cuatro años. Asi mismo, aclaró que el importe medio de las retribuciones totales percibidas por cada miembro del Consejo entre 2004 y 2007, asciende a unos 53.000 euros brutos anuales, debido siempre a desplazamientos y dietas, vinculados a reuniones ejecutivas y estatutarias, indispensables para el funcionamiento de la entidad, y que ha sido la única retribución que hemos recibido de A.M.A. en todo este tiempo. Seguros considera que entre 2004 y 2007 la retribución total media de cada miembro del Consejo de A.M.A. debió haber sido tan sólo de 11.915 euros brutos anuales, frente a los 53.000 euros brutos realmente percibidos.

La compañía sigue desarrollando cotidianamente su actividad a pesar de estar sufriendo unas medidas totalmente desproporcionadas e injustificadas. Esperemos que no sea necesario recorrer tanto camino como en otras ocasiones para que la verdad resplandezca. Aunque no sería la primera vez que la conducta de la Dirección General de Seguros es reprobada por los Tribunales de Justicia, como ya ocurrió en su momento con PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL.

Fuente: www.prnoticias.es

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