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Escrito por GregorioHM el 18 diciembre, 2009
Tras hablar de la financiación de primas de seguros a empresas como alternativa de diferimiento de pagos corrientes de contenido financiero, ahora vamos a abordar la noticia filtrada a (o por) los medios de comunicación en cuanto a los inventos financieros de Zapatero y (o sin su consulta) la Ministra Salgado.
ElEconomista apuntaba una noticia (vende papeles) titulada “El Gobierno quiere que el ICO dé Créditos Directos sin pasar por el Banco” (el enlace a la noticia es bajo suscripción a su diario online, disculpen). Esto es ¿otra salida de madre como lo de los mediadores entre empresas y bancos? No esta sería mucho más gorda.
GurusBlog dice “El ICO dará crédito directo a Pymes. Farol o insentez”, con un agitado tono de comentarios como resultado.. uno es mio que diría Buenafuente (BFN). Vamos a dejar la gracia ahí, que bastante tiene la Sexta con las fusiones.
La idea es que el presidente del Gobierno no quiere que 2010 vuelva a ser un ”año tonto” del ICO. Para ello está decidido a habilitar al Instituto de Crédito Oficial para que otorgue créditos directos a las pymes y a los trabajadores autónomos, sin tener que pasar por el estrecho ¿cedazo? de la banca comercial. Algo así fue publicado días atrás en ElEconomista.
La reforma de las líneas de mediación del ICO con el objetivo de ”mejorar el acceso a la financiación de las empresas y adecuarlo a los sectores y actividades que más contribuyan al crecimiento económico” es una de las prioridades del proyecto de Ley de Economía Sostenible que, incluso, recoge el compromiso del Ejecutivo de aprobar este cambio en el funcionamiento de la agencia financiera del Estado antes de finalizar el año 2009.
A finales de septiembre, el ICO solamente había concedido el 31,7% del importe total de crédito disponible en las líneas de mediación, y los responsables económicos del Gobierno son conscientes de que uno de los principales obstáculos a la circulación del crédito oficial es el ”bloqueo” de los bancos, encargados de “tramitar” las solicitudes de financiación y que asumen, por tanto, una parte del riesgo en las operaciones (el 100%, no te j… -fastidia-, excepto en los ICO Liquidez).
”Si la empresa Demandante (queda más bonito Solicitante…) reúne las condiciones de solvencia (a ver cuales) exigidas por el banco, éstos te ofrecen sus propias líneas de crédito con las que compite el ICO, y si no reúnes esas condiciones, no te dan ni las del ICO ni las suyas”, señalaba recientemente un dirigente empresarial, para resumir el problema de funcionamiento del crédito oficial.
Es para solventar este atasco y dar fluidez a las líneas de financiación por lo que la propuesta que el Ejecutivo y el ICO tienen encima de la mesa es permitir que el Instituto pueda dar créditos al margen de la banca comercial, para lo que utilizaría a los institutos financieros de las comunidades autónomas para realizar las funciones de gestión y trámite que ahora desarrollan las entidades financieras. ¿Para este viaje se necesitan estas alforjas? Si para abrir el grifo lo hacemos a martillazos…

Para ello el ICO formaría en cada uno de los institutos autonómicos (figura que existe ya en todas las comunidades del Estado) a equipos de control de riesgo que serían los encargados de evaluar las demandas y autorizar la concesión de los créditos.
¡Espero que con el término formar se referían a dar formación a su personal!, no a realizar una formación militar con los mimbres disponibles independientemente de sus skills técnicas y profesionales.
De la firmeza de la afirmación del periódico a la realidad… puede que todo se quede en agua de borrajas como otros muchos rumores en torno al ICO al respecto de estas competencias. De ser así la estructura y capacidad de la Agencia se vería sumamente desbordada. Siempre pueden comprar parte de la red comercial (y empleados) a la banca instalada… jo,jo. Esto en USA podría pasar, no creo que aquí se llegará a tanto nivel de transacción de mercado en el ámbito público.
Publicado: 18 diciembre, 2009
Categorias: BancaSeguros, Canales financieros, Convenios, Coyuntura económica, Delegaciones, Entidades, Import/Export, Líneas ICO, Redes de oficinas, Riesgo y morosidad, Servicios para empresas, de Administradores y directivos, de Agricultores e industria agropecuaria, de Comercio, de Crédito, de Empresas, de Negocios, de Profesionales, de Pymes
Etiquetas: Etiquetas: banca, crédito, empresas, ICO, liquidez, ministra salgado, política económica, red comercial, solvencia, usa, Zapatero
Escrito por GregorioHM el 11 diciembre, 2009
Especial mención merecen las operaciones de descuento comercial, que se declararán como tales, en las que puede figurar inscrito en CIRBE tanto el sujeto que descuenta como el ¡¡¡“ACEPTANTE” de los efectos!!!. Es obligatorio declarar como riesgo indirecto a los aceptantes en caso de operaciones superiores a 60.000 euros, e incluso en las inferiores pueden ser declarados en caso de que se haya concedido el descuento en base a su firma, lo que queda a discreción de la entidad financiera, y que en las circunstancias actuales se realiza con más rigor. Esto quiere decir que cuando se entrega un pagaré o una letra de cambio, si el tenedor del efecto lo descuenta en una entidad financiera, el aceptante puede ser declarado como tal en la CIRBE y anotarle en su contra un riesgo indirecto por el importe del efecto hasta el vencimiento del mismo.
En las operaciones de factoring “sin recurso”, se declarará tanto al que descuenta como al obligado al pago de la factura como tal factoring, pero si fuera con recurso, se declarará al cedente exclusivamente como si se tratara de un descuento comercial.
También hay que mencionar las pólizas de confirming, en las cuales se declara tanto el disponible como el dispuesto como riesgo directo de la empresa pagadora, siempre y cuando el confirmig sea sin recurso.
En cuanto a las operaciones en morosidad, se indicará en los riesgos esta circunstancia, para la que debe haber transcurrido más de 90 días desde el vencimiento. También se anotarán las operaciones como dudosas, aunque no hayan vencido, si así deben ser contabilizadas por la entidad financiera con arreglo a las normas del Banco de España.
Como ves, las entidades financieras conocen a través de CIRBE, a la que tienen acceso los bancos, las cajas, las cooperativas, los establecimientos financieros de crédito y otras entidades, los riesgos contraídos por una persona o empresa, pero no qué entidad los ha otorgado, y es por eso que las entidades piden aclaraciones en este sentido a sus clientes, para saber la distribución de riesgos por entidades y conocer de esa forma qué posición ocupan dentro del reparto de riesgo y negocio que tenga un sujeto.
Para solicitar la CIRBE puedes acudir al portal del Cliente Bancario (Central de Información de Riesgos) del BDE –Banco de España-, sección “Cómo puede acceder a sus datos”.

Derecho de acceso / solicitud de CIRBE
Cualquier persona física (un individuo) o jurídica (una sociedad) puede acceder de forma gratuita a toda la información que está a su nombre en la CIR.
El acceso puede hacerse de dos formas:
· Ir a las oficinas de la Central de Información de Riesgos, en la sede del Banco de España en la calle Alcalá, 48, de Madrid, o a cualquiera de sus sucursales en horario de 8.30 a 14 horas. El solicitante deberá identificarse suficientemente, presentando su DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido.
· Pedirlo por carta, a la Central de Información de Riesgos de Madrid en la siguiente dirección:
Banco de España
Información Financiera y Central de Riesgos
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid
Los requisitos de la solicitud son:
Debe ir firmada por el titular, adjuntando fotocopia legible de ambas caras del DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido que le identifique, e indicando la dirección para su envío por correo certificado (preferiblemente el domicilio particular).
En caso de que el informe de riesgos lo solicite un representante del titular, será necesario que se aporte fotocopia del documento público que acredite su derecho a obtener información en nombre del representado, así como el DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido que identifique al representante.
No obstante lo anterior, el Banco de España, en defensa de la confidencialidad de los datos, se reserva la posibilidad de ampliar las exigencias de información necesarias cuando tenga dudas sobre la correcta identificación de quien solicita los datos.
VIAS de apoyo: Eurofinanzas y BDE.
Publicado: 11 diciembre, 2009
Categorias: BancaSeguros, Confirming, Entidades, Factoring, Riesgo y morosidad, Servicios para empresas, de Crédito, de Empresas, de Pymes
Etiquetas: Etiquetas: acceso a cirbe, anticipo comercial, Confirming, crédito, descuento comercial, entidades de crédito, Factoring, leasing, riesgo, solicitud de cirbe
Escrito por GregorioHM el 23 enero, 2009
S&P no dio detalles sobre el impacto que pueda tener su decisión sobre las emisiones de la banca con aval del Estado. La firma asegura que el rating sigue siendo alto, aunque reconoce un posible encarecimiento.
En su primera página, el diario Expansión destacaba que la rebaja de rating costará 11.200 millones de euros a España. Cada contribuyente pagará 615 euros. Por otra parte, en todos los diarios se informa también de que las noticias negativas del sector bancario truncaron las alzas en Bolsa conseguidas por las plazas europeas. El Ibex cayó un 1,45%, hasta los 8.494 puntos, después de que S&P anunciara el recorte del rating al Reino de España, como informamos el día 20/01/2009 en la primera entrega de esta serie de 3 artículos.
¿QUE SON LOS CDS?

Los CDS se asemejan a un contrato de seguro, dado que a cambio de pagar una prima periódica, el prestamista/acreedor de un crédito –potencial comprador del CDS- puede asegurarse ante el riesgo de impago/quiebra de un crédito que haya concedido.
La similitud viene por el hecho de que a cambio de una prima la compradora se asegura el cobro ante la ocurrencia del riesgo cubierto/evento asegurado.
Así, mediante estos contratos de seguros lo que se hace es asegurar ciertos instrumentos financieros en caso de impago por parte del emisor.
Estos seguros se aplican tanto a deuda pública, como a deuda privada y títulos hipotecarios.
Bancos, hedge funds, grandes aseguradoras, venden estos seguros a las entidades financieras que han comprado dichos activos de deuda y estas entidades pagarán una prima por la cual se aseguran la devolución de sus inversiones en caso de impago del emisor. De esta forma, si el emisor de la deuda quiebra, la entidad que ha contratado el CDS recuperará su inversión y será la entidad que emitió el CDS la que asuma finalmente las pérdidas.
Escrito por GregorioHM el 8 enero, 2009
Como anunciamos en el post de fecha 17/12/2008 titulado “10.000 millones de euros para la línea ICO-Pymes 2009, con la novedad de poder destinar un 40% del crédito a financiación circulante”, la noticia se convierte por fin en realidad y esta es que desde el día 7 –tras pasar el día festivo y como regalo de Reyes- las pymes podrán disponer de crédito para capital circulante del ICO según adelanto el lunes el presidente del Instituto –D. Aurelio Martinez-.

Así, los bancos podrán disponer ya de los primeros fondos de liquidez de esta línea de financiación dotada, como anticipábamos, de 10.000 MM euros. Hasta la fecha, ya hay apuntadas 26 entidades bancarias.
Cabe esperar que la acogida sea mucho mayor teniendo en cuenta que en nuestro país operan más de 100 bancos, 45 cajas de ahorros y otras más de 80 cooperativas de crédito –si bien es cierto que no todas estas entidades trabajan el mundo de la banca universal-, por el mero hecho de la escasa liquidez en general y -en especial- de los mercados mayoristas.
Nuestro deseo es que la menor rentabilidad de estas operaciones pese menos que la circunstancia de evitarse el desembolso de recursos de sus balances y que no consumen su capital para las entidades. La incertidumbre es si el “cierre del grifo” del que se habla llega a tal punto de que ya no se quieren asumir nuevos riesgos ni tan siquiera con “bala ajena”. Esto en algunos casos vendría explicado por un recrudecimiento de algunas de las crisis sobre la “economía real” que estamos sufriendo actualmente y que impidan atisbar una viabilidad cierta, aunque para muchos otros puede ser un apoyo para salir al paso -mal que bien- de la coyuntura de c/p y quién sabe si de medio plazo, o más¿?. Será mejor prevenir que curar… o al menos curar al enfermo antes que dejarle en concurso de acreedores ¿no?. Como esto parece arduo y complejo -la causística es infinita- vamos a centrarnos en algunos apuntes para el ejercicio en curso.
Tabla de OBJETIVOS DE CIRCULANTE PARA LA PYME ESPAÑOLA EN 2009:
· Revisar la agenda de cobros,
· gestionar la recuperación de clientes dudosos –los temidos morosos-,
· analizar y revisar las condiciones y garantías del crédito comercial concedido a clientes,
· solicitar fondos ICO para circulante simultáneamente a sus necesidades de financiación de inversiones -ojo que aquí también se analizará el riesgo financiero desde su entidad bancaria-,
· cerrar el ejercicio 2008 con una correcta estructura financiera –normalmente esto supone presentar una ratio de Fondo de Maniobra positivo-,
· revisar las coberturas de riesgo de la póliza de crédito y caución contratada con su entidad aseguradora… y
· sino la tiene estudiar la posibilidad de empezar a trabajar con el apoyo de esta entidad que preanalizará los riesgos corrientes de sus actividades comerciales.
Publicado: 8 enero, 2009
Categorias: Ayudas públicas, Convenios, Coyuntura económica, Líneas ICO, Riesgo y morosidad, de Pymes
Etiquetas: Etiquetas: bancos, circulante, crédito, ICO, liquidez
Escrito por GregorioHM el 17 diciembre, 2008
En ciernes de la primera gran crisis económico y financiera del siglo XXI, el principal foco de atención de la gestión empresarial se centra en la gestión de cobros y de riesgos tanto operacionales como ahora sí y más que nunca los comerciales. Ya en alguno de los foros financieros más cualificados se apunta a que la recuperación económica no llegaría hasta 2010. Por tanto, podemos ir preparándonos para un 2009 “calentito” y encima hasta la fecha con poco agua en los “grifos” bancarios debido entre otras cosas a la propia crisis y a los compromisos de deuda mayorista.
Hablemos de la gestión de cobros. Esto que antes era una gestión corriente / circulante que fluía sin incidencias por los balances empresariales ahora se torna en una gestión compleja, ardua, integra y profesional en la que se implica directamente la gerencia y personal especializado. A más adquiere gran significatividad en las pymes puesto que su cartera de deudores comerciales tiende a ser más concentrada o dependiente de una reducida relación de grandes cuentas. Ahora toca hablar de riesgo comercial, de seguros de crédito y caución, de primas de riesgo, de coberturas y de límites de riesgo por cliente.
Ya no servirá con acudir al banco a solicitar un crédito, una ampliación de límites o apertura de líneas circulantes en nuevas entidades para ampliar el pool bancario. Esta laxitud bancaria de anticipo, descuento y toda clase de facilidades crediticias ahora se quedan en el cajón de las ofertas de activo de las entidades bancarias sin fecha próxima de apertura de lo que antes fue una “fiesta” crédito-financiera. Ya no hay café para todos, se ha cerrado el “grifo”. Señores empresarios, ahora deben atarse los machos, gestionar eficientemente su capital circulante y aportar capital y liquidez a su/s empresa/s si quieren seguir a flote ante cualquier tipo de turbulencia temporal o coyuntural. –CONTINUARÁ…–.