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Escrito por GregorioHM el 26 abril, 2011
Vean estos tres títulares muy descriptivos de lo que les estamos contando:
Los productos fueron comercializados como seguros de pólizas de crédito pero eran en realidad swaps de tipo de interés
Hay decenas de afectados en Benavente (Zamora) y otras zonas de Castilla y León, Asturias y norte de Cáceres
Muchos de ellos, aun cancelada la póliza de crédito, continúan pagando hasta 4.000 euros de intereses trimestrales
Subrayados los puntos más graves o llamativos de la política comercial de Banco Pastor (y de otras varias entidades bancarias españolas), que se destacan de la sentencia judicial de turno, vamos a poner más datos que dan “morbo” a la ambición de la banca y la penosidad de clientes poco formados y mal informados, “a posta!!” (hay que mirar lo que se firma!!):
El Banco Central Europeo acaba de subir el precio del dinero hasta el 1,25%, y el Euribor, el principal índice para el cálculo de las hipotecas ya supera holgadamente el 2%. Ante esta coyuntura, muchas entidades financieras han desempolvado viejos productos, para “protegernos” de estas subidas, pero muchos de ellos que se venden como seguros, no se parecen en nada a estos, son “swaps” o permutas financieras de alto riesgo, que ha causado grandes beneficios a los bancos y perjuicios a los consumidores, no informados debidamente de los riesgos de estos productos.
Este es el caso del Banco Pastor que ya ha perdido dos sentencias en Ponferrada y Benavente por la comercialización de este tipo de productos de alto riesgo, en este caso a uno de los sectores con más problemas y más afectados por la crisis, los autónomos y las pymes.
Apuntillo: segmento de clientes (pymes y autónomos) que en muchos casos firman lo que se les ponga por delante con tal/a cambio de que les renueven las líneas de crédito.
Vamos terminando:
Este es el caso del afectado que acaba de ganar la última sentencia en Benavente, Zamora, que fue a contratar una línea de crédito con la cual “regalaban” un supuesto seguro sin cargo, totalmente gratis, pero lo que en verdad contrataba fue un “Swap irs”, el cual obligaban a firmar como parte indispensable para conseguir el visto bueno de la línea de crédito.
Después de comprobar los cargos en la cuenta por importes superiores a los intereses, se dirigió a la oficina del Pastor en Benavente para conseguir más información sobre los cargos así como una copia del contrato, negándoselo, teniendo que acudir con presencia notarial, e incluso en aquella ocasión le fueron negados.
Todo ello derivo a que se levantaran dos actas notariales, ante el apoderado y el director de la oficina de Benavente preguntando en que consiste este producto financiero, la fórmula para el cálculo de intereses y su resultado, manifestando ambos su desconocimiento al ser un producto “complejo”, es decir si tienen aparentemente conocimientos para su venta pero no saben sus consecuencias.
El producto llega a ser tan perjudicial que incluso cancelada la póliza de crédito sigue generando intereses, alrededor de 4.000 euros trimestrales, que finalizarían de pagarse en el 2012.
BravOOO a Banco PASTOR, a sus gestores y a sus directivos (y la gente de sus Comisiones y Consejo de Admón. que no despedirán a nadie como responsable de ello a nivel ejecutivo). Pandilla de “canallas” diría el bueno de Manolo Preciado.
Puedes leer la sentencia en la VIA: extraconfidencial
Publicado: 26 abril, 2011
Categorias: BancaSeguros, Banco Pastor, Coyuntura económica, Derivados financieros, Redes de oficinas, de Comercio, de Crédito, de Empresas
Etiquetas: Etiquetas: Asturias, BancaSeguros, Banco Pastor, bancos, Castilla y León, condenas bancarias, irs swap, pólizas de crédito, productos de alto riesgo, riesgo de interés, seguros de credito, swaps, tipos de interés
Escrito por GregorioHM el 9 marzo, 2011
Hoy nos comentaba en el consultorio de Bankimia un empresario sobre la obligatoriedad o no de contratar el seguro multirriesgo o todo riesgo industrial con el banco que le concede la financiación hipotecaria para adquirirla.
Aquí os dejo nuestra respuesta para que os sirva de orientación:
más que obligatorio es necesario puesto que es totalmente normal que la entidad que asume el riesgo financiero obtenga la garantía del seguro (de la que se pondrán incluso como beneficiarios en póliza) sobre el bien a financiar. si lo quieres hacer en otra entidad luego cuando toque renovarlo tendrás que ver que su cancelación no te afecte al tipo de interés del préstamo.
para aclarar en cuanto a la obligación o no deberías revisar la póliza de préstamo, y ver si se indica algo al respecto, aunque pudiera ser que esta clausula se considere “abusiva” por lo que posiblemente no viene reflejado nada y podrías hacer el seguro que quieras en 12 meses. no obstante si es poco dinero lo que te ahorras has de saber que es bueno siempre tener “contento” al banco/sus gestores vía este tipo de compensaciones que dan rentabilidad a la sucursal y al banco por ende.
¿Cúal ha sido tu experiencia y satisfacción como empresario en este tipo de operaciones / préstamos con “obligatoriedad de contratar el seguro”… multirriesgo, de amortización, etc.?
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Seguro que nuestro experto mediador puede opinar cualificadamente en relación de esta obligación a priori extracontractual.
Publicado: 9 marzo, 2011
Categorias: -Consultorio de la Crisis, BancaSeguros, MultiRiesgo, Todo Riesgo, de Comercio, de Empresas, de Inmuebles, de Pymes, industriales
Etiquetas: Etiquetas: bancos, de Negocios, de Pymes, empresarios, empresas, préstamos hipotecarios, seguro multirriesgo industrial, seguros de naves industriales, seguros obligatorios
Escrito por GregorioHM el 17 marzo, 2010
Tras hablar de Basilea III, vamos a hablar ahora de las cuotas participativas, ese misterioso instrumento de capital de las cajas de ahorros. Este instrumento actualmente es poco atractivo para el inversor: no tienen derechos políticos y está limitado al 5% el porcentaje que puede comprar un solo tenedor, por lo que no puede acceder al control en ningún caso.
La nueva normativa de capital bancario que se impondrá en 2012 va a forzar, según fuentes entendidas del sector, a hacer más atractivos estos instrumentos para captar capital, equiparándolos con las acciones al dotarlas de derechos políticos. No hay otra salida, si las cajas quieren cumplir con los nuevos estándares internacionales de capital, agregan fuentes implicadas en la nueva regulación.
En la reforma financiera internacional que conducirá a Basilea III, uno de las modificaciones más importantes va a ser la necesidad de tener más capital y de mayor calidad (capital y reservas), dando un menor peso en el cálculo de las ratios de solvencia a los productos híbridos como las participaciones preferentes.
En un reciente documento del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea se señala que «la clase de activos que formarán el Tier 1 [uno de los principales ratios de solvencia] serán las acciones y el beneficio retenido», mientras que «los híbridos, actualmente limitados al 15% del Tier 1, perderán paulatinamente importancia».
En términos prácticos, supondrá que el mínimo de este capital de mayor calidad (core capital) de las entidades se sitúe en el 8,5% de los activos ponderados por riesgo, según las previsiones de la patronal de las cajas (Ceca). Sólo catorce cajas se encuentran por encima de este nivel, según datos de junio de 2009, los últimos disponibles de todo el sector. Ahora no existe mínimo para este tipo de recursos propios, si bien el mercado considera que un nivel aceptable se sitúa entre el 7 y el 8%.
Hoy las cajas sólo tienen dos fórmulas para elevar este tipo de capital de primera categoría: a través de reservas o emitiendo cuotas participativas, algo que sólo ha hecho CAM hasta el momento. Las principales cajas del país, como La Caixa o Caja Madrid, han señalado en varias ocasiones el poco atractivo de estos instrumentos para los inversores y han exigido su reforma, hasta equipararlos con las acciones de los bancos.
El Banco de España también ha insistido en que hay que llevar a cabo reformas que den a las cajas de nuevas fórmulas para conseguir capital como los bancos. En su último discurso, el gobernador, Miguel Ángel Fernández Ordóñez, instó a la Administración a «dar [estas entidades] la posibilidad de captar recursos propios de calidad [...], cumpliendo con los requerimientos que el nuevo entorno regulatorio internacional va a exigir en los próximos años». No obstante, Ordóñez nunca ha querido precisar si esta reforma pasa por dar derechos políticos (de voto). De momento y a día de hoy reiterar que en España sólo CAM, la Caja del Mediterraneo, a emitido este instrumento en el mercado de valores. Algo tiene que cambiar para que este mercado sea dinámico, pues parece que sí es necesario en el nuevo entorno competitivo y normativo que se avecina para las entidades de crédito de personalidad jurídica no privada.
Publicado: 17 marzo, 2010
Categorias: Concentración sectorial, fusiones y participaciones, Coyuntura económica, Entidades, Negocio Internacional
Etiquetas: Etiquetas: banco de españa, bancos, basilea III, cajas de ahorros, derechos de voto, derechos políticos, entidades de crédito, instrumentos de capital, mercado de valores, regulación internacional
Escrito por GregorioHM el 8 enero, 2010
Una noticia vinculada, –que no ligada- a los Facilitadores Financieros de ICO que les presentamos antesdeayer, es que EFPA (la Asociación Europea de Planificación Financiera) certificará a partir de ahora a los Planificadores -que no Facilitadores- Financieros. Quede ahí la advertencia para que no confundan términos.
La 1ª convocatoria de Planificadores Financieros será en julio de 2010 (para quién pueda interesarle), destinado a planificadores de Finanzas Personales, y los primeros cursos empezarán en breve a ser impartidos en los centros de formación acreditados por EFPA España. Avisar también que para acceder a esta titulación es imprescindible tener la acreditación de Asesoramiento Financiero en vigor, EFA (European Financial Advisor) en sus siglas en ingles.

Al hilo de estos temas queda clara la dualidad de expertos en “finanzas” en cuanto a servicios financiero bancarios:
- – Por un lado están los analistas de riesgo de crédito (similar a lo que es el Facilitador Financiero al otro lado de la mesa) –pasivos financieros para el cliente/titular, activos para la entidad-,
- – Por otro lado los asesores de inversión de patrimonios (llámese banca privada, family offices o consultoría en planificación financiera personal) –pasivos financieros o intermediados para la entidad, activos para el cliente/titular-.
Seas empresa o empresario, puede ser que a titulo personal o empresarial te interese recurrir a alguno de estos profesionales financieros que aquí te hemos puesto “en bandeja”. Los primeros son un servicio público de acceso gratuito y los segundos son un servicio privado a los que también puedes acceder -en términos generales- de forma gratuita (en bancos, cajas, cooperativas) o pagando el servicio profesional (family offices o consultores financieros).
NO ES LO MISMO SER QUE ESTAR. SER, “to be or no to be”.
Para cualquier aclaración o consejo puedes comentar tus inquietudes de financiación como inversión.
Publicado: 8 enero, 2010
Categorias: Ayudas públicas, Entidades, Facilitador Financiero, Internet, Servicios para empresas, de Administradores y directivos, de Autónomos, de Corporaciones, de Empresas, de Gran Empresa, de Profesionales, de Pymes
Etiquetas: Etiquetas: activos financieros, analistas de riesgo de créditos, asesoramiento financiero, asesores de inversión, banca privada, bancos, cajas, cooperativas de crédito, efa, efpa, expertos en finanzas, facilitadores financieros, family office, financiación, finanzas personales, gestores de patrimonio, inversión, pasivos financieros, planificadores financieros, profesionales financieros, recursos intermediados, servicios financiero-bancarios, servicios privados, servicios públicos, titulaciones
Escrito por GregorioHM el 8 febrero, 2009
El Gobierno, autoriza al ICO a utilizar los fondos de la línea ICO-pyme para la Línea ICO-liquidez, inicialmente dotada con 10.000 millones de euros, dada la previsible mayor demanda de esta última, porque, como es obvio –y ya se ofrecen datos de los observatorios empresariales locales-, las empresas no prevén realizar inversiones en el 1er semestre de 2009.

Además, en el caso de que se agote la dotación económica para ambas, se procederá a ampliar sus importes.
No sólo se incrementarán los fondos, sino también los tiempos, ya que se sube de 3 a 5 años el plazo máximo de devolución de las cantidades aplazadas, a través de la Línea de Moratoria-Pyme.
El Ejecutivo también ha atendido otra petición de los bancos, ampliando el margen de las entidades para aumentar el atractivo de estas líneas de financiación –que se incrementa en 55 p.b. (puntos básicos, un 0,55%) en las líneas ICO pymes, emprendedores, crecimiento empresarial e internacionalización-.
De forma simultanea, el Gobierno comunico que amplia de 10 a 15 años el pago de las cuotas aplazadas del préstamo para comprar una casa.
Publicado: 8 febrero, 2009
Categorias: Ayudas públicas, Convenios, Coyuntura económica, Líneas ICO, de Autónomos, de Pymes
Etiquetas: Etiquetas: bancos, ICO, liquidez, moratoria, Pyme