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Nuevas Cuotas Participativas en las Cajas de Ahorros para 2012


Tras hablar de Basilea III, vamos a hablar ahora de las cuotas participativas, ese misterioso instrumento de capital de las cajas de ahorros. Este instrumento actualmente es poco atractivo para el inversor: no tienen derechos políticos y está limitado al 5% el porcentaje que puede comprar un solo tenedor, por lo que no puede acceder al control en ningún caso.

 

La nueva normativa de capital bancario que se impondrá en 2012 va a forzar, según fuentes entendidas del sector, a hacer más atractivos estos instrumentos para captar capital, equiparándolos con las acciones al dotarlas de derechos políticos. No hay otra salida, si las cajas quieren cumplir con los nuevos estándares internacionales de capital, agregan fuentes implicadas en la nueva regulación.

 

En la reforma financiera internacional que conducirá a Basilea III, uno de las modificaciones más importantes va a ser la necesidad de tener más capital y de mayor calidad (capital y reservas), dando un menor peso en el cálculo de las ratios de solvencia a los productos híbridos como las participaciones preferentes.

 

En un reciente documento del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea se señala que «la clase de activos que formarán el Tier 1 [uno de los principales ratios de solvencia] serán las acciones y el beneficio retenido», mientras que «los híbridos, actualmente limitados al 15% del Tier 1, perderán paulatinamente importancia».

 

En términos prácticos, supondrá que el mínimo de este capital de mayor calidad (core capital) de las entidades se sitúe en el 8,5% de los activos ponderados por riesgo, según las previsiones de la patronal de las cajas (Ceca). Sólo catorce cajas se encuentran por encima de este nivel, según datos de junio de 2009, los últimos disponibles de todo el sector. Ahora no existe mínimo para este tipo de recursos propios, si bien el mercado considera que un nivel aceptable se sitúa entre el 7 y el 8%.

 

Hoy las cajas sólo tienen dos fórmulas para elevar este tipo de capital de primera categoría: a través de reservas o emitiendo cuotas participativas, algo que sólo ha hecho CAM hasta el momento. Las principales cajas del país, como La Caixa o Caja Madrid, han señalado en varias ocasiones el poco atractivo de estos instrumentos para los inversores y han exigido su reforma, hasta equipararlos con las acciones de los bancos.

 

El Banco de España también ha insistido en que hay que llevar a cabo reformas que den a las cajas de nuevas fórmulas para conseguir capital como los bancos. En su último discurso, el gobernador, Miguel Ángel Fernández Ordóñez, instó a la Administración a «dar [estas entidades] la posibilidad de captar recursos propios de calidad [...], cumpliendo con los requerimientos que el nuevo entorno regulatorio internacional va a exigir en los próximos años». No obstante, Ordóñez nunca ha querido precisar si esta reforma pasa por dar derechos políticos (de voto). De momento y a día de hoy reiterar que en España sólo CAM, la Caja del Mediterraneo, a emitido este instrumento en el mercado de valores. Algo tiene que cambiar para que este mercado sea dinámico, pues parece que sí es necesario en el nuevo entorno competitivo y normativo que se avecina para las entidades de crédito de personalidad jurídica no privada.

Cómo leer e interpretar una CIRBE


Las entidades financieras tienen en la CIRBE un instrumento preciso para conocer el nivel de endeudamiento de una empresa (o personas físicas) cuando estudian la concesión de una operación crediticia.

Dada la restricción crediticia actual, es importante conocer de qué forma las entidades disponen de esa información y qué saben exactamente sobre sus clientes.


La Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE), recoge los riesgos agregados a partir de 6.000 euros que se mantengan con una entidad financiera, que está obligada a comunicar los datos de cada operación de riesgo.


Comúnmente en las operaciones con un límite de disposición formalizado, se declara el dispuesto y el disponible de forma separada, y si se trata de pólizas globales para diferentes usos, el disponible se declara como tal y el dispuesto asignado a cada tipo de operación concreta que se formalice con arreglo a esa póliza global. Algunas entidades utilizan su propio criterio, en base a sus pólizas de financiación circulante, pudiendo llegar a declarar sólo el dispuesto si consideran que el disponible esta sujeto a la aceptación por su parte de las remesas.


También se contiene en la CIRBE la información del tipo de garantía asociada a una operación, de tal forma que se distingue entre una garantía Real (además distinguiendo entre distintos grados de cobertura de esa garantía), y una Gª Personal. Por ejemplo, si se tiene un crédito con garantía hipotecaria, se distingue si la cobertura es del 100 por 100 o superior al 50 por 100.


Se detalla asimismo si el riesgo es directo o indirecto, es decir, si se trata de una operación en la que se actúa como titular de la misma (riesgo directo), o si se trata de una operación en la que se es avalista o fiador (indirecto). Ojo! con los riesgos indirectos.

Actualmente es importante conocer la situación de riesgo que refleja tu CIRBE (si eres Autónomo) o la de tu Empresa, lo que puede obtenerse por las personas y empresas inscritas dirigiéndose a este organismo del Banco de España y aportando los datos de identificación pertinentes. Para ello tienes que acudir al portal del Cliente Bancario (Central de Información de Riesgos) del BDE –Banco de España-, sección “Cómo puede acceder a sus datos”.

Esta información le puede interesar a más partes del grupo de sus stakeholders de los que se imagina (no sólo accionistas y entidades), por ejemplo a sus proveedores ya que para su seguro de crédito la aseguradora podría tener en cuenta estos datos de cara a ofrecerle un límite de cobertura u otra para los créditos comerciales con su empresa.

Continua (SIGUE leyendo). Cerramos esta serie de post aglutinando en el enlace anterior la información sobre ”CIRBE de EMPRESAS. Aclaraciones sobre la declaración de riesgos por operaciones de Descuento, Factoring y Confirming”, que incluye la información sobre el acceso / solicitud de CIRBE directamente al Banco de España.

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