Archivo por etiqueta: autónomos
Escrito por GregorioHM el 22 enero, 2010
Quien tiene una empresa, sabe lo difícil que es administrar un negocio. Esta tarea la puedes compartir con ARAG Negocios: la cobertura que será el staff jurídico de tu empresa o negocio.
- Si en tu empresa, tú como propietario o los empleados asegurados tenéis problemas relacionados con la actividad de la empresa, ARAG os defiende en asuntos de responsabilidad penal.
- Te defienden en tu responsabilidad civil, si no dispones de un seguro o éste no actúa en el ámbito de la explotación del negocio, de la venta de productos y de tu condición de empresario.
- Si un empleado tuyo sufre daños mientras trabaja, por culpa o negligencia de otra persona, reclaman los daños sufridos. Si un objeto propiedad de tu empresa sufre daños, por culpa o negligencia de otra persona, también reclaman los daños.
- Defienden los derechos del local de tu actividad empresarial.
- En caso de incumplimiento de contratos de compra de bienes muebles, de servicios o de suministros, ARAG reclaman tus derechos.
- Defienden a tu empresa en los conflictos con tus empleados y ante la Inspección de Trabajo.
- Si tu empresa tiene problemas en cuestiones administrativas, defienden tus derechos.
- Si eres AUTÓNOMO, te defienden ante conflictos laborales y garantizan tus derechos en cuanto a prestaciones sociales.
- Si tu empresa necesita orientación acerca de sus derechos y obligaciones, te ofrecen Asistencia Jurídica Telefónica.
Puedes ver aquí las condiciones generales (24 pages) de este seguro legal negocios y el folleto informativo (2 hojas). Y solicitar más info. En la página Web de Arag o comentando aquí tus dudas. Arag también ofrece servicio de devolución de llamada con sólo dejar tus datos online.

Publicado: 22 enero, 2010
Categorias: ARAG legal, de Administradores y directivos, de Autónomos, de Empresas, de Negocios, de Profesionales, de Pymes, Servicios para empresas
Etiquetas: Etiquetas: arag, autónomos, de Negocios, de Pymes, seguros de empresa
Escrito por GregorioHM el 6 enero, 2010
Tras ver info. General sobre las novedades de las líneas ICO 2010, y después más en concreto las novedades para el segmento de empresas, otra de las más significativas novedades para 2010 en el área de empresas y autónomos es la puesta en marcha del servicio de facilitadores financieros, un grupo de mediadores que ayudan y asesoran a pymes y autónomos para mejorar su capacidad de acceso al crédito con sus entidades financieras.
De hecho ya esta habilitado el portal del facilitador financiero, sólo tienes que darte de alta para aprovechar este servicio público.
Te ayudarán a poner en valor las fortalezas y oportunidades de tu empresa o negocio, además de apoyar vuestra imagen profesional (en términos financieros y de control de gestión) ante las mesas de Riesgos de las Entidades de Crédito.

Publicado: 6 enero, 2010
Categorias: Facilitador Financiero, Líneas ICO
Etiquetas: Etiquetas: acceso al crédito, autónomos, de Pymes, empresas, entidades de crédito, Facilitador Financiero, mediadores, negocio, Novedades empresas, riesgos, servicio público, valor
Escrito por GregorioHM el 10 diciembre, 2009
Las entidades financieras tienen en la CIRBE un instrumento preciso para conocer el nivel de endeudamiento de una empresa (o personas físicas) cuando estudian la concesión de una operación crediticia.
Dada la restricción crediticia actual, es importante conocer de qué forma las entidades disponen de esa información y qué saben exactamente sobre sus clientes.
La Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE), recoge los riesgos agregados a partir de 6.000 euros que se mantengan con una entidad financiera, que está obligada a comunicar los datos de cada operación de riesgo.
Comúnmente en las operaciones con un límite de disposición formalizado, se declara el dispuesto y el disponible de forma separada, y si se trata de pólizas globales para diferentes usos, el disponible se declara como tal y el dispuesto asignado a cada tipo de operación concreta que se formalice con arreglo a esa póliza global. Algunas entidades utilizan su propio criterio, en base a sus pólizas de financiación circulante, pudiendo llegar a declarar sólo el dispuesto si consideran que el disponible esta sujeto a la aceptación por su parte de las remesas.
También se contiene en la CIRBE la información del tipo de garantía asociada a una operación, de tal forma que se distingue entre una garantía Real (además distinguiendo entre distintos grados de cobertura de esa garantía), y una Gª Personal. Por ejemplo, si se tiene un crédito con garantía hipotecaria, se distingue si la cobertura es del 100 por 100 o superior al 50 por 100.
Se detalla asimismo si el riesgo es directo o indirecto, es decir, si se trata de una operación en la que se actúa como titular de la misma (riesgo directo), o si se trata de una operación en la que se es avalista o fiador (indirecto). Ojo! con los riesgos indirectos.

Actualmente es importante conocer la situación de riesgo que refleja tu CIRBE (si eres Autónomo) o la de tu Empresa, lo que puede obtenerse por las personas y empresas inscritas dirigiéndose a este organismo del Banco de España y aportando los datos de identificación pertinentes. Para ello tienes que acudir al portal del Cliente Bancario (Central de Información de Riesgos) del BDE –Banco de España-, sección “Cómo puede acceder a sus datos”.
Esta información le puede interesar a más partes del grupo de sus stakeholders de los que se imagina (no sólo accionistas y entidades), por ejemplo a sus proveedores ya que para su seguro de crédito la aseguradora podría tener en cuenta estos datos de cara a ofrecerle un límite de cobertura u otra para los créditos comerciales con su empresa.
Continua (SIGUE leyendo). Cerramos esta serie de post aglutinando en el enlace anterior la información sobre ”CIRBE de EMPRESAS. Aclaraciones sobre la declaración de riesgos por operaciones de Descuento, Factoring y Confirming”, que incluye la información sobre el acceso / solicitud de CIRBE directamente al Banco de España.
Publicado: 10 diciembre, 2009
Categorias: BancaSeguros, Coyuntura económica, de Crédito, de Empresas, de Gran Empresa, de Profesionales, de Pymes, Entidades, Riesgo y morosidad
Etiquetas: Etiquetas: autónomos, banco de españa, CIRBE, de Pymes, empresas, seguros de credito, solicitud de cirbe
Escrito por GregorioHM el 9 noviembre, 2009
El aumento de la tasa de morosidad ha provocado que se endurezcan seriamente los seguros de crédito (más prima y menos % de cobertura global de riesgo, es decir: menor límite de riesgo concedido por referencia cliente).
Este castigo afecta especialmente a autónomos y pymes.
En un contexto de tipos de interés a la baja e incremento de los fallidos notificados en los últimos seis meses, el mercado se encuentra con tasas de siniestralidad superiores al 170%.
Estos asuntos, entre otros, han sido abordados en mesa redonda de asesores de empresas sobre el seguro de crédito, en el que los expertos en riesgos de crédito explican cómo ha cambiado la gestión de riesgo en España y destacan “la importancia del seguro de crédito en el flujo económico, que se valora poco”, así como que “ante la crisis, ya es más importante el cobro que la venta para la empresa”.

Desde algunos ponentes se manifiesta que la mayoría de las empresas no han tenido servicios internos jurídicos que se dedicaran a la gestión del riesgo, e insistieron que “deberían haber implementado la asesoría jurídica interna en el recobro”, además del recurso a abogados externos.
Por su parte, las compañías de Seguros de crédito solicitan al Gobierno de España inversiones de futuro, que redunden en una mejora de la sostenibilidad a largo plazo del seguro de crédito tanto para las aseguradoras cómo en beneficio de los asegurados.
La sociedad de recobro Cobratis, explica muy bien* mediante este esquema cómo se gestiona la recuperación de deudores de cara a su fácil comprensión por empresarios y administradores:

(*) Lo único, creemos que hay un error en la cifra en la que se puede resolver el caso en juicio monitorio pues se realizan para deudas de hasta 30.000 euros.
Publicado: 9 noviembre, 2009
Categorias: de Crédito, de Empresas, de Gran Empresa, de Profesionales, Legislación, Reclamaciones, Riesgo y morosidad, Servicios para empresas
Etiquetas: Etiquetas: abogados, asesores de empresas, asesoría jurídica interna, autónomos, compañías de seguros de crédito, de Pymes, fallidos, gobierno de españa, juicio monitorio, morosidad, seguro de crédito, tipos de interés
Escrito por GregorioHM el 8 agosto, 2009
Los requisitos que hay que cumplir desde este momento son para solicitar el abono de los derechos consolidados en su plan de pensiones son:
- Estar en situación de desempleo. A estos efectos se considerará también a los trabajadores por cuenta propia (autónomos) que hayan cesado en su actividad.
- No estar percibiendo prestaciones contributivas por desempleo.
- Estar inscrito en el INEM como demandante de empleo.
El pase a beneficiario por la contingencia de desempleo se ha modificado de tal forma que ya no es necesario llevar 12 meses desempleados para tener derecho al cobro de la prestación, como ya anticipamos en este Blog días atras, y así ha sido publicado en el BOE del sábado día 1 de agosto de 2009, el siguiente a la aprobación de la reforma del reglamento de planes y fondos de pensiones.

La documentación a enviar en los pases a beneficiario por esta contingencia, seguirá siendo la misma que hasta ahora. Consulte a su gestor financiero, Banco, Caja o entidad aseguradora en caso de duda. En principio bastará con una comunicación a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones correctamente documentada.
Desde este Blog nos congratulamos de esta medida que por urgente y acuciante es precisa, ya que habrá muchos
participes que estén con el agua al cuello, tanto familias como empresas, y pese a que esto pueda suponer la destrucción de una parte importante del ahorro a largo plazo acumulado en España. Con esta medida seguro que se evita la ejecución bancaria de más de una hipoteca vivienda.
Publicado: 8 agosto, 2009
Categorias: Coyuntura económica, de Autónomos, de Hipotecas, de Vida y pensiones, Dirección General de Seguros, El blog, Legislación, Planes de Pensiones
Etiquetas: Etiquetas: autónomos, Blog seguros para empresa, derechos consolidados, desempleo, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, INEM, prestaciones contributivas por desempleo, requisitos para el pase a beneficiario del plan de pensiones
Comentarios Recientes