Tras la reforma del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, el pasado 31 de julio de 2009, el pase a beneficiario por la contingencia de desempleo se ha modificado de tal forma que ya no es necesario llevar 12 meses desempleados para tener derecho al cobro de la prestación, este ha sido el resultado de las últimas sesiones del Consejo de Ministros.
La decisión ha sido suprimir esta última atadura para los beneficiarios con dificultades económicas, y sin ingresos por prestaciones contributivas por desempleo, derivadas de la crisis.
Por tanto, ya no tiene que estar 12 meses parado/parada para poder requerirle a su entidad el rescate inminente del plan de pensiones, situación que ya les advertimos meses atrás en una serie de post al respecto desde el Blog SegurosParaEmpresa.com
Se mantienen una serie de requisitos mínimos (tres) de los cuales nos haremos eco en próximos post.
Anticiparles que esta medida también cubre a los autónomos que hayan cesado su actividad.
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Publicado: 5 agosto, 2009
Categorias: Aseguradoras, Ayudas públicas, de Administradores y directivos, de Autónomos, de Colectivos, de Vida y pensiones, Dirección General de Seguros, El blog, Legislación, Planes de Pensiones
Etiquetas: Etiquetas: autónomos que hayan cesado su actividad, consejo de ministros, contingencia de desempleo, crisis, derecho al cobro de la prestación planes de pensiones, dificultades económicas, pase a beneficiario del plan de pensiones, planes y fondos de pensiones, reforma del reglamento de planes y fondos de pensiones, rescate plan de pensiones
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[...] El pase a beneficiario por la contingencia de desempleo se ha modificado de tal forma que ya no es n…para tener derecho al cobro de la prestación, como ya anticipamos en este Blog días atras, y así ha sido publicado en el BOE del sábado día 1 de agosto de 2009, el siguiente a la aprobación de la reforma del reglamento de planes y fondos de pensiones. [...]
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