Malas prácticas en Banca y Seguros. RECLAMACIONES a la DGS (I)
Publicado por Gregorio Horga - 05/02/09 a las 12:02:48 pmEl servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros –DGS- publica en su memoria anual actuaciones que no se ajustan a la normativa o a las buenas costumbres y usos financieros, reseñando aquellas aisladas y las que se llevan a cabo de forma generalizada por parte de las entidades.
EN SEGUROS LIGADOS A PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS.
Señalaremos en esta primera entrega las actuaciones que están relacionadas a contratos de seguros ligados a préstamos hipotecarios:
- Imponer la suscripción de un seguro de vida o amortización y de hogar con una entidad aseguradora, como condición para la concesión de un préstamo hipotecario u otra operación.
- Exigencia de prima única en la contratación de seguros de vida y/o hogar ligados a préstamos hipotecarios.
- Concesión de un préstamo hipotecario por la entidad de crédito suscribiendo un seguro de vida y/o de hogar sin haber obtenido el consentimiento del asegurado.
- Seguros de vida en los que una vez producido el fallecimiento, la entidad de crédito prestamista, beneficiaria de la póliza, ejecuta la garantía hipotecaria frente a los herederos del fallecido, en vez de frente a la entidad aseguradora. Posteriormente, los herederos se dirigen a la aseguradora solicitando la devolución de lo pagado, quién deniega la prestación, alegando que el único beneficiario es la entidad prestamista.
- Contratos de préstamo con garantía hipotecaria en los que se obligan al deudor a mantener la finca asegurada, durante la vigencia del préstamo, mediante un seguro de daños, consintiendo que el seguro lo suscriba el banco en su nombre, desconociendo el propietario el contenido del contrato.
- Designar como beneficiario de un seguro de daños sobre un bien hipotecado al acreedor hipotecario –es decir al propio banco-, ya que sólo el propietario del bien asegurado tiene derecho a percibir la indemnización.
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