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El Seguro de RC para los administradores y directivos de sociedades


Hoy día, y más con los vientos que corren, los riesgos-responsabilidades derivados de la gerencia de una empresa ponen en peligro no sólo la continuidad del negocio sino el patrimonio personal de sus administradores. Con estos mimbres, cada vez es más necesario que estas personas se protejan frente a los riesgos por sus actividades empresariales.

Un tema de enorme trascendencia en la actualidad: la responsabilidad de los administradores de sociedades de capital frente a socios o terceros, exigible mediante la ‘acción individual de responsabilidad’ del art. 135 LSA. Como reza el art. 133.1.   Los administradores responderán frente a la sociedad, frente a los accionistas y frente a los acreedores sociales del daño que causen por actos u omisiones contrarios a la ley o a los estatutos o por los realizados incumpliendo los deberes inherentes al desempeño del cargo.

Administradores

Administradores

 

Este tipo de seguro defenderá no sólo el patrimonio del asegurado y su empresa sino que también su imagen-reputación y a las personas “clave”.

 

Coberturas básicas asumidas, mediante abono de:

 

  • Perjuicios, multas administrativas y gastos de defensa derivados de reclamaciones contra el administrador o directivo en el ejercicio de su gestión (posibles errores suyos o de personas de las que legalmente deba responder, como es el caso de la responsabilidad sobre las cuentas contables depositadas pese a que su confección este a cargo de un responsable financiero, o la materia fiscal aunque usted no sea quién liquide los impuestos).
  • Gastos derivados de la restitución de imagen.
  • Gastos por investigación necesaria a motivo de una reclamación.
  • Reembolso a la sociedad de la cantidad abonada por esta en caso de haber tenido que hacer frente a una indemnización por pérdida motivada por una reclamación cubierta por la póliza.

 La prima/precio del seguro se calcula en esencia en función de la facturación de la empresa y el importe de cobertura que se quiere cubrir.

 

Le aconsejamos que si dispone de esta póliza revise las coberturas y si no quizás sea el momento de pedir un estudio a su compañía aseguradora o broker de seguros.

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