Archivo por categorial: Servicios para empresas
Escrito por GregorioHM el 4 julio, 2010

La campaña Plus financiación de Crédito y Caución se basa en el lema: “decir seguro de crédito es decir también mejor acceso a financiación“. Y es que facilitar el crédito es una de las ventajas de las soluciones del módulo plus financiación (nota de prensa de abril 2010)
Destacan 4 soluciones principales:
- Ampliaciones de LÍNEAS DE DESCUENTO DE PAPEL COMERCIAL.
- LÍNEAS DE FACTORING SIN RECURSO (no consume CIRBE) o CON RECURSO.
- Ampliación del CRÉDITO COMERCIAL de tus PROVEEDORES.
Credito y Caución ha reunido las soluciones que utilizan miles de sus asegurados para mejorar su acceso a la financiación bancaria.
Publicado: 4 julio, 2010
Categorias: Confirming, Coyuntura económica, Crédito y Caución (CyC), de Crédito, de Empresas, de Pymes, Entidades, Factoring, Gerencia de Riesgos, Riesgo y morosidad
Etiquetas: Etiquetas: acceso a financiación bancaria, crédito y caución, financiación, plus financiación, seguro de crédito
Escrito por GregorioHM el 7 junio, 2010
Se trata de una clausula habitual en pólizas de Seguros Combinados para Empresas y Grandes Empresas (cobertura de todo: edificios y construcciones, obra civil, maquinaria e instalaciones, pérdida de beneficios –margén bruto anual-… a excepción de la RC). Por tanto, es común su aparición en pólizas de seguros de energías renovables como son las instalaciones fotovoltaicas, de las que hablábamos días atrás (seguro Allianz Energías Renovables).
Es una clausula adicional por la que la aseguradora se protege de cyber ataques, “cediendo” este riesgo a la empresa-inversor.
Aparecerá dentro de las condiciones particulares y especiales anexas a las condiciones generales de la póliza, al final, con un texto similar a este:
Cyber Clause- Todo Riesgo
Por la presente cláusula se hace constar que quedan expresamente excluidos:
1. Daños y pérdidas que sufran los daños, informaciones, registros, programas informáticos, software y en parcticular cualquier modificación de los mismos que fuese debida a Borrado, Corrupción, Alteración o Destrucción de SubEstructuras Originales.
2. Daños y pérdidas resultantes de Deterioros o Menoscabos en el funcionamiento, disponibilidad, accesibilidad o nivel de utilización de datos, informaciones, registros, programas de computadores, software.
Pérdidas por interrupción de las actividades que fuesen causadas por daños citados en los puntos “1” e “2” de estas clausulas adicionales en póliza.
No obstante, quedarán cubiertos aquellos daños o software que sean consecuencia directa de un siniestro sustancialmente material amparado por la presente póliza.
Esta es una clausula utilizada por Caser Seguros (Caja de Seguros Reunidos), expertos en el modelo de distribución comercial BancaSeguros.
Nuestro colega en seguros y tecnología, Norman C., realizo en su día un muy buen artículo enfocado a las empresas sobre la CIBERDELINCUENCIA, ¿estamos preparados?
Editamos desde este mismo blog de empresas -a colación- una segunda serie del post sobre Ciberdelicuencia, a nivel “usuario”, con 12 avisos sobre cómo evitar ser timados en Internet.
Foto: BBC Mundo. EE.UU. nombra "ciber zar"
Publicado: 7 junio, 2010
Categorias: BancaSeguros, Caser seguros, de Empresas, de Energías renovables, de Gran Empresa, de Montaje, de Pymes, Gerencia de Riesgos, Redes de oficinas
Etiquetas: Etiquetas: clausulas adicionales, cyber ataques, instalaciones fotovoltaicas, inversiones en renovables, inversores, polizas, seguros de empresas, seguros energías renovables
Escrito por GregorioHM el 26 mayo, 2010

El seguro de cambio es una operación entre dos partes (empresa y entidad financiera) que permite comprar/vender una cierta cantidad de divisas a una fecha futura y a un precio determinado.
Esta compra-venta a futuro se formaliza en contrato, por lo que es un acuerdo en firme, de obligado cumplimiento.
Las partes “negociaran”/fijaran los siguientes términos en el contrato:
-la divisa o divisas a comprar/vender.
-la fecha de vencimiento de la operación.
-el importe exacto a comprar/vender de ambas divisas.
Esto convierte al contrato de compra-vta. de divisas a plazo (también llamado forward -cambio a plazo-o seguro de cambio) en una operación “ad hoc” –a medida-.
¿Cómo funciona un seguro de cambio?
Es una operación en la que se combinan varios datos macroeconómicos que afectan al precio de una divisa con respecto a otra.
Datos a tener en cuenta:
· El tipo de cambio de la divisa respecto a otra.
· El tipo de interés de cada divisa
· El plazo de la operación – seguro.
Si detrás de este contrato de seguro hay una operación comercial real se trata de una cobertura de riesgo. Si el contrato se materializa sin más, se trata de una operación especulativa. Este producto se encuentra disponible dentro de la gama de facilidades financieras ofrecidas por las líneas ComEx (Comercio Exterior) de las entidades de crédito.
Publicado: 26 mayo, 2010
Categorias: BancaSeguros, ComEx - Anticipo - Dto., de Empresas, Derivados financieros, Entidades, Financieras, Gerencia de Riesgos, Negocio Internacional, Riesgo y morosidad
Etiquetas: Etiquetas: compraventa de divisa a plazo, divisas, forward, funcionamiento del seguros de cambio, futuros, lineas comex, seguro de cambio
Escrito por GregorioHM el 18 mayo, 2010
Esta es una medida cada vez más utilizada en líneas de Comercio Exterior (clientes de extranjero) y Financiación Comercial (clientes de nacional).
Se instrumenta mediante la firma de un suplemento a la póliza (anexo), firmado por la entidad de seguros, el cliente y la entidad de crédito, conocido como “Condiciones Especiales“. Por este suplemento se considera, de común acuerdo, como parte integrante de la póliza, con igual fuerza y validez.
El asegurado designa con carácter irrovable, en uso de la facultada que le confieren las condiciones generales, a la entidad financiera como beneficiario de sus derechos a cobrar las indemnizaciones derivadas del contrato de seguro de crédito y relativas a operaciones que hayan sido descontadas por dicha entidad, a partir de la fecha de efecto del suplemento, cuyos importes no hayan sido repuestos por el asegurado (impagados). Será la propia entidad la que deberá comunicar los impagados (plazo de 30 días desde el conocimiento del impago).
ACLARACIONES destacables:
-Los clientes/riesgos comerciales hayan sido propuestos a estudio y clasificación.
-La cía. de seguros haya aceptado el riesgo/descubierto mediante suplemento de clasificación y que el mismo este en vigor.
-El asegurado ha de haber declarado a la aseguradora la totalidad de las ventas a crédito realizadas, salvo las que expresamente excluyan las C.G. de la póliza.
-Las operaciones descontadas por el beneficiario pertenezcan a ventas del negocio habitual del asegurado.
Por tanto, sólo con ver que las dos primeras materias (estudio, clasificación y aprobación de límite de riesgo comercial) no dependen de la entidad si no de la aseguradora, es una garantía a coger “con pinzas”, pero bueno es un afianzamiento a mayores útil y/o complementario en determinadas situaciones.
Puedes ver +info sobre pólizas y seguros en el blog PólizasYSeguros de Adrian Couceiro, aquí dejo al hilo un artículo reciente suyo sobre Medidas a adoptar ante un riesgo indeseado, que nos sirve para reflexionar sobre el riesgo comercial y la elección de clientes sin tan si quiera hablar directamente de ello (conceptos como riesgo moral, selección adversa, seguro, clausulas limitativas-coberturas y prima de seguro), y sobre otro tipo de riesgos y seguros.
Publicado: 18 mayo, 2010
Categorias: BancaSeguros, ComEx - Anticipo - Dto., de Empresas, Entidades, Gerencia de Riesgos, Riesgo y morosidad
Etiquetas: Etiquetas: anexos en póliza, cesión de derechos, condiciones especiales, derechos de crédito, financiación comercial, garantías, impagados, polizas, suplementos póliza seguro crédito
Escrito por GregorioHM el 10 mayo, 2010
Dentro de su campaña comercial Profesional Multiestrella (regalos por domiciliar tu seguridad social y recibos básicos, más la tarjetita de turno… esta no es de TJ regalo, si no una de débito, crédito o prepago), laCaixa ha lanzado el Pack Multiseguros, mediante el que se acumulan euros en función del número de nuevos seguros que contrates en la entidad.
La promo es “sencilla”, por cada nuevo seguro 100€ de regalo, hasta un máximo de 4 (total: 400€; estos sí, instrumentados en una Tarjeta Regalo).
Seguros para autónomos objeto de la campaña de autónomos multiestrella:
-Auto de uso particular
-Vehículo comercial o furgoneta hasta 3.500 kg.
-De Negocio
-De Salud Individual
-De Previsión Profesional
-De Salud Pymes
-Vida Familiar, y/o
-Vida Colectivo
Importanta: BASES LEGALES DE LA PROMOCIÓN PACK MULTISEGUROS.
Aquí os dejo como gag una viñeta que fue diseñada justo antes del inicio de la recesión económica, se ve que la situación todavía podía ser peor, mucho peor.

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Publicado: 10 mayo, 2010
Categorias: Coyuntura económica, de Administradores y directivos, de Autónomos, de Colectivos, de Comercio, de Empresas, de Negocios, de Profesionales, de Pymes, de Salud, de Vehículos, expertoseguros.com, Gerencia de Riesgos, Internet, la Caixa / SegurCaixa, Presupuestos online, Redes de oficinas, Redes sociales, Vida y Pensiones
Etiquetas: Etiquetas: autónomos, lacaixa, pack multiseguros, productos financieros, profesional multiestrella, profesionales, seguros
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