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Escrito por GregorioHM el 2 mayo, 2011
Ya que me da la sensación que la Ley de Responsabilidad Medioambiental española (2007) esta aún muy verde, sirva la redundancia conceptual, os voy a poner aquí el ejemplo de por cual nivel de desarrollo, intervención y desintervención llevan en un país menos desarrollado economicamente como es Argentina.
La Ley General del Ambiente, aprobada en 2002, estableció que toda persona que realice actividades de potencial riesgo para el ambiente debe contratar un seguro, en tanto que la cartera ambiental precisó las actividades fabriles que quedan alcanzadas por esa obligación, especificando cuáles son las más riesgosas de acuerdo con su complejidad.
Para ello se establecieron tres niveles, que responden a partir de un puntaje, a factores relacionados con los efluentes residuales, el riesgo, el sistema de gestión ambiental, sustancias particularmente peligrosas, el rubro, la localización y la dimensión de las empresas.
En el caso de las industrias identificadas en el segundo y tercer nivel (mediana y alta complejidad ambiental), están alcanzadas por el deber de contratar el seguro ambiental. Por otra parte, se habilita a las autoridades locales a incluir en los niveles pasibles de seguro a establecimientos con puntaje inferior, teniendo en cuenta variables como por ejemplo la vulnerabilidad del lugar de emplazamiento (sitio muy urbanizado, cercanías a fuentes de agua o lugares protegidos, etc), antecedentes negativos en el desempeño ambiental, u otros criterios de riesgo.
La Resolución aprobada modifica la categorización de los niveles de complejidad ambiental. Según los efluentes residuales, riesgo, dimensión y de localización, se distinguen tres niveles:
PRIMERA CATEGORIA (hasta 11 puntos inclusive), SEGUNDA CATEGORIA (11 a 25 puntos inclusive) y TERCERA CATEGORÍA (mayor de 25 puntos). Los establecimientos identificados como categoría 2 (mediana complejidad ambiental) y categoría 3 (alta complejidad ambiental), están alcanzados por el deber de contratar el seguro ambiental.
Con la modificación, se lleva la PRIMERA CATEGORIA hasta 14 puntos inclusive (se da un “salto” de 11 a 14); por lo que una pymes, por ejemplo, para quedar obligada, deberá ser clasificada con 14,5 puntos (superior a 14 puntos), lo que introduce una mayor equidad en el régimen de clasificación de las “actividades riesgosas”. De esta forma, se excluyen aquellas que a pesar de no desarrollar ningún tipo de actividad de mediana o alta complejidad ambiental, quedaba “atrapada” en el sistema, por otras razones (rubro, dimensión, localización) que nada tiene que ver con criterios estrictamente ambientales, tales como el riesgo o los efluentes residuales.
¿ Qué os parece la legislación medioambiental española a los expertos en la materia, empresarios y aseguradores ?
Mi opinión: Al final esto no deja de ser otro negocio más, por el cual las empresas y aseguradoras pagan “religiosamente” las tasas e impuestos correspondientes de forma adicional a la prima de seguro de turno, en este caso el seguro medioambiental. En cualquier caso, para bien o para mal, me da la sensación de que en España vamos un paso por detrás por mucho que vendamos la fachada de un cambio hacia la “economía sostenible“.
+info sobre la LRM 2007 y seguros medioambientales en España
VIA: diariojornada
Publicado: 2 mayo, 2011
Categorias: Coyuntura económica, de Empresas, de Gran Empresa, de Pymes, industriales
Etiquetas: Etiquetas: Argentina, de Pymes, economía sostenible, españa, impuestos, industrias, medioambiente, seguros de empresa, seguros medioambientales, seguros obligatorios, tasas
Escrito por GregorioHM el 25 agosto, 2010
Después de analizar y comentar la actualidad sobre las más o menos complejas coberturas financieras desarrolladas en la ingeniería financiera de la banca: tipo Swap, de tipo de cambio, caps o “techo” (que son lo opuesto de una cobertura floor o “suelo”, cuya combinación, techo+suelo, se denomina Collar de tipo de interés) y hasta vimos en una entrega de tres posts lo que eran los CDS, una peculiar modalidad de los Swaps sobre riesgo de impago de créditos que tuvo su boom con el incremento exponencial del riesgo de impago en el sector privado y público internacional.
Ahora, el tema de las coberturas tipo Clip es la de mayor actualidad en este verano, con alcance ya judicial.
El resultado judicial de estas incidencias entre bancos y clientes (particulares y empresas) Banco Santander y Bankinter tienen ya sentencias en contra de sus swaps, clips hipotecarios o seguros de hipoteca.
Publicado: 25 agosto, 2010
Categorias: -Consultorio de la Crisis, BancaSeguros, Derivados financieros, Entidades, Gerencia de Riesgos, Santander, de Empresas, de Gran Empresa, de Pymes
Etiquetas: Etiquetas: bankinter, caps, CDS, cobertura de tipos de interés, coberturas tipo clip, collar de tipos de interés, Derivados financieros, floor, Santander, seguros de pymes, swaps
Escrito por GregorioHM el 8 julio, 2010
El seguro Chartis Infraestructuras (Grupo Multinacional AIG) ofrece una cobertura todo riesgo amplia en comparación con los principales productos del mercado para Infraestructuras.
La redacción de la póliza la han adaptado (del ámbito anglosajón) para garantizar que todos los negocios en operación están debidamente cubiertos. En comparación con seguros de la competencia, algunas exclusiones no aplicables a este tipo de actividad han sido eliminados.
Ventajas del Seguro de Infraestructuras Chartis:
- Condicionado específico
- Cobertura todo riesgo.
- Sub-límites por colapso, corrimientos de tierras y cobertura de peligros naturales son más amplios y pueden ser adaptados al cliente y sus necesidades.
- Cobertura de terrorismo para riesgos fuera de España
- Número reducido de exclusiones
- La mayoría de los clientes tienen negocios en operación en varios países, por lo tanto, un programa internacional es una necesidad para ellos. Su red internacional de obras garantiza un servicio local de primera clase.
- La cobertura relacionada con BI y CBI
Si alguién sabe que es el BI y el CBI que lo comente, I have no idea…
Publicado: 8 julio, 2010
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Etiquetas: Etiquetas: AIG, Chartis, Infraestructuras, seguros de empresas
Escrito por GregorioHM el 7 junio, 2010
Se trata de una clausula habitual en pólizas de Seguros Combinados para Empresas y Grandes Empresas (cobertura de todo: edificios y construcciones, obra civil, maquinaria e instalaciones, pérdida de beneficios –margén bruto anual-… a excepción de la RC). Por tanto, es común su aparición en pólizas de seguros de energías renovables como son las instalaciones fotovoltaicas, de las que hablábamos días atrás (seguro Allianz Energías Renovables).
Es una clausula adicional por la que la aseguradora se protege de cyber ataques, “cediendo” este riesgo a la empresa-inversor.
Aparecerá dentro de las condiciones particulares y especiales anexas a las condiciones generales de la póliza, al final, con un texto similar a este:
Cyber Clause- Todo Riesgo
Por la presente cláusula se hace constar que quedan expresamente excluidos:
1. Daños y pérdidas que sufran los daños, informaciones, registros, programas informáticos, software y en parcticular cualquier modificación de los mismos que fuese debida a Borrado, Corrupción, Alteración o Destrucción de SubEstructuras Originales.
2. Daños y pérdidas resultantes de Deterioros o Menoscabos en el funcionamiento, disponibilidad, accesibilidad o nivel de utilización de datos, informaciones, registros, programas de computadores, software.
Pérdidas por interrupción de las actividades que fuesen causadas por daños citados en los puntos “1” e “2” de estas clausulas adicionales en póliza.
No obstante, quedarán cubiertos aquellos daños o software que sean consecuencia directa de un siniestro sustancialmente material amparado por la presente póliza.
Esta es una clausula utilizada por Caser Seguros (Caja de Seguros Reunidos), expertos en el modelo de distribución comercial BancaSeguros.
Nuestro colega en seguros y tecnología, Norman C., realizo en su día un muy buen artículo enfocado a las empresas sobre la CIBERDELINCUENCIA, ¿estamos preparados?
Editamos desde este mismo blog de empresas -a colación- una segunda serie del post sobre Ciberdelicuencia, a nivel “usuario”, con 12 avisos sobre cómo evitar ser timados en Internet.
Foto: BBC Mundo. EE.UU. nombra "ciber zar"
Publicado: 7 junio, 2010
Categorias: BancaSeguros, Caser seguros, Gerencia de Riesgos, Redes de oficinas, de Empresas, de Energías renovables, de Gran Empresa, de Montaje, de Pymes
Etiquetas: Etiquetas: clausulas adicionales, cyber ataques, instalaciones fotovoltaicas, inversiones en renovables, inversores, polizas, seguros de empresas, seguros energías renovables
Escrito por GregorioHM el 4 mayo, 2010
El Sector de Transporte de Mercancías por Carretera en España reune alrededor de 130.000 empresas, utiliza 340.000 vehículos y supone el 83% del transporte interior de mercancías (% que lejos de decrecer se ha ido elevando a lo largo de los años). Consume en torno al 40% de la energía final del país. Y con esos datos en la mano, es fácil adivinar/calcular el número de seguros de empresa-autónomos y su RC (+ de 100 Mil) y seguros sobre camiones/flotas (+de 300 Mil) que debe haber suscritos en nuestro país.
Hilando con un artículo publicado recientemente sobre los seguros multirriesgos para transportistas, vamos a tocar ahora info. de nivel superior hablando de la coyuntura del sector que forman las empresas de transporte de mercancías por carretera y los transportistas autónomos que operan en el dentro de este país (cerca de la mitad de las “empresas” de transporte en España disponen de un único vehículo; llamemosles pues por su nombre: hay muchos autónomos operando además de otras tantas microempresas y pymes). Las grandes empresas de transporte son las menos (leyendo de la lista de nombres de las 20 principales empresas por facturación sólo me suena la marca de 5, y gracias -2 de ellas por mor del Grupo que da nombre a su empresa de transporte-), en un sector muy atomizado compuesto principalmente por empresas de poco tamaño. Como ves en los datos de entrada, la media sale a 2,62 vehículos.

Por tocar otras características básicas de la estructura de la oferta, se destaca:
- Una elevada antigüedad del parque de camiones (aunque se tiende a realizar inversiones para renovar el parque… sobre todo tirando con fondos de las líneas ICO).
- Aumento de la capacidad de carga por vehículo.
- Las mercancías +transportadas son los minerales y los materiales de construcción, seguidas de maquinaria y vehículos.
Por su parte la estructura de la demanda es muy sencilla, fuertemente dependiente de la actividad económica, buena parte dependiente de la evolución de las campañas agrícolas, y que exige cada vez+ la oferta de servicios adicionales al transporte (como son el almacenaje y la distribución).
Este Sector ha tenido un crecimiento importante en los últimos años por el aumento de las transacciones intracomunitarias e internacionales y la tendencia a la externalización de los servicios logísticos, aunque como estamos comprobando es un sector fuertemente dependiente del ritmo de la actividad económica. Debido a la reducida dimensión de las empresas, sometidas a gran competencia, los márgenes son reducidos.
OPORTUNIDADES:
-Profesionalización y especialización (extendiendo servicios hacia almacenaje y distribución).
-Mayor desarrollo de la intermodalidad.
-Internacionalización (transacciones España – UE).
-Concentración empresarial (fusiones y adquisiciones) con el fin de crear operadores de mayor dimensión.
-Programas de incentivación para la incorporación de nuevas tecnologías, programas de formación, incremento cualitativo del servicio.
-Continuación del inversor para la renovación de la flota.
AMENAZAS… muchas y variadas (deslocalización, transportistas nuevos países de la UE, saturación del transporte en zonas superpobladas, desvio de fondos estructurales europeos, apoyo político europeo y español al tte. ferroviario y marítimo -libros blanco y Peit-, +reglamentación -emisiones de gases y otras normativas).
Publicado: 4 mayo, 2010
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