Factoring. Archivos de la categoría ‘Factoring’
Publicado por Gregorio Horga - 04/07/10 a las 08:07:22 pm

La campaña Plus financiación de Crédito y Caución se basa en el lema: “decir seguro de crédito es decir también mejor acceso a financiación“. Y es que facilitar el crédito es una de las ventajas de las soluciones del módulo plus financiación (nota de prensa de abril 2010)
Destacan 4 soluciones principales:
- Ampliaciones de LÍNEAS DE DESCUENTO DE PAPEL COMERCIAL.
- LÍNEAS DE FACTORING SIN RECURSO (no consume CIRBE) o CON RECURSO.
- Ampliación del CRÉDITO COMERCIAL de tus PROVEEDORES.
Credito y Caución ha reunido las soluciones que utilizan miles de sus asegurados para mejorar su acceso a la financiación bancaria.
July 4, 2010 | En
Confirming,
Coyuntura económica,
Crédito y Caución (CyC),
Entidades,
Factoring,
Gerencia de Riesgos,
Riesgo y morosidad,
de Crédito,
de Empresas,
de Pymes |
2 Comments
Publicado por Gregorio Horga - 17/02/10 a las 07:02:39 am
Este año, de nuevo, la campaña de préstamos ICO adquiere un especial protagonismo estratégico para las entidades de crédito por varias razones:
1. son préstamos que no consumen liquidez a la Entidad (fondos ICO),
2. garantizan un margen interesante y
3. ganan posiciones en un segmento de gran interés como son las pymes.
Por estas razones, es muy probable que todas las entidades se esfuercen al máximo en captar el mayor número de operaciones ICO.
Campañas Comerciales para Pymes y Autónomos
Con el objetivo de poder diferenciarse de la competencia, las direcciones comerciales de las entidades están aprobando (un año+) la posibilidad de descuento en el diferencial de la operación condicionado –por ejemplo- a la contratación de alguno de los seguros de sus Operadores de Bancaseguros o de alguno de los instrumentos de cobertura de tipos de interés que comercializan (Cap o Swap).
Campaña Comercial ICO Pymes CajaBurgos Empresas
{Vinculada a seguros de su Operador de Bancaseguros o coberturas de tipos}
Este tipo de descuentos –que pusimos como ejemplos- es normalmente aplicable a todas las líneas ICO que comercializan. En CajaBurgos se admite, para las solicitudes de este año, la posibilidad de disminución del diferencial en 10 puntos básicos (0,10%) a todos los clientes que formalicen operaciones ICO y contraten, en 2010, a través de su Operador de Bancaseguros, alguno de los siguientes seguros,
- Seguro Multiriesgo PYMES, o
- Seguro de protección de pagos (en el caso de autónomos), o
- Seguro de crédito, o
- Un seguro de cobertura de tipo de interés: Cap o Swap. Se trata de seguros que protegen al cliente de posibles subidas de tipo de interés para un plazo determinado. Productos derivados que analizaremos en próximos artículos desde este blog, Seguros Empresas.
Ya sabe… hable con su gestor o solicite +info.
Recordar aquí las características de estos préstamos de Convenio ICO, a través de distintas posibilidades financieras / líneas vigentes para 2010:
- ICO INVERSIÓN NACIONAL: Activos fijos, tanto nuevos como usados, vehículos turismos, adquisiciones de empresas, etc..
- ICO EMPRENDEDORES: Para empresas y autónomos constituidos recientemente.
- ICO INTERNACIONALIZACIÓN: Financiación de inversiones en el extranjero.
- ICO LIQUIDEZ: Financiación de las necesidades de liquidez a 1,3 ó 5 años.
|
Al hilo de las facilidades crediticias de las entidades en los tiempos que corren… la Caixa es NOTICIA por la concesión de nuevas líneas de financiación (o ampliación de límites) para apoyo a las empresas. La Caixa ha elevado en más de 3.600 millones de euros la financiación de circulante de las empresas en 2009, dentro del convenio suscrito con la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación de Pequeñas y Medianas Empresas (CEPYME) para financiar al sector empresarial.
February 17, 2010 | En
Ayudas privadas,
BBVA,
BancaSeguros,
Caja Burgos OBS,
Canales financieros,
Confirming,
Convenios,
Coyuntura económica,
Derivados financieros,
Entidades,
Factoring,
Líneas ICO,
MultiRiesgo,
Redes de oficinas,
Riesgo y morosidad,
de Autónomos,
de Crédito,
de Empresas,
de Gran Empresa,
de Profesionales,
de Protección de Pagos,
de Pymes,
industriales |
1 Comment
Publicado por Gregorio Horga - 11/12/09 a las 07:12:48 am
Especial mención merecen las operaciones de descuento comercial, que se declararán como tales, en las que puede figurar inscrito en CIRBE tanto el sujeto que descuenta como el ¡¡¡“ACEPTANTE” de los efectos!!!. Es obligatorio declarar como riesgo indirecto a los aceptantes en caso de operaciones superiores a 60.000 euros, e incluso en las inferiores pueden ser declarados en caso de que se haya concedido el descuento en base a su firma, lo que queda a discreción de la entidad financiera, y que en las circunstancias actuales se realiza con más rigor. Esto quiere decir que cuando se entrega un pagaré o una letra de cambio, si el tenedor del efecto lo descuenta en una entidad financiera, el aceptante puede ser declarado como tal en la CIRBE y anotarle en su contra un riesgo indirecto por el importe del efecto hasta el vencimiento del mismo.
En las operaciones de factoring “sin recurso”, se declarará tanto al que descuenta como al obligado al pago de la factura como tal factoring, pero si fuera con recurso, se declarará al cedente exclusivamente como si se tratara de un descuento comercial.
También hay que mencionar las pólizas de confirming, en las cuales se declara tanto el disponible como el dispuesto como riesgo directo de la empresa pagadora, siempre y cuando el confirmig sea sin recurso.
En cuanto a las operaciones en morosidad, se indicará en los riesgos esta circunstancia, para la que debe haber transcurrido más de 90 días desde el vencimiento. También se anotarán las operaciones como dudosas, aunque no hayan vencido, si así deben ser contabilizadas por la entidad financiera con arreglo a las normas del Banco de España.
Como ves, las entidades financieras conocen a través de CIRBE, a la que tienen acceso los bancos, las cajas, las cooperativas, los establecimientos financieros de crédito y otras entidades, los riesgos contraídos por una persona o empresa, pero no qué entidad los ha otorgado, y es por eso que las entidades piden aclaraciones en este sentido a sus clientes, para saber la distribución de riesgos por entidades y conocer de esa forma qué posición ocupan dentro del reparto de riesgo y negocio que tenga un sujeto.
Para solicitar la CIRBE puedes acudir al portal del Cliente Bancario (Central de Información de Riesgos) del BDE –Banco de España-, sección “Cómo puede acceder a sus datos”.

Derecho de acceso / solicitud de CIRBE
Cualquier persona física (un individuo) o jurídica (una sociedad) puede acceder de forma gratuita a toda la información que está a su nombre en la CIR.
El acceso puede hacerse de dos formas:
· Ir a las oficinas de la Central de Información de Riesgos, en la sede del Banco de España en la calle Alcalá, 48, de Madrid, o a cualquiera de sus sucursales en horario de 8.30 a 14 horas. El solicitante deberá identificarse suficientemente, presentando su DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido.
· Pedirlo por carta, a la Central de Información de Riesgos de Madrid en la siguiente dirección:
Banco de España
Información Financiera y Central de Riesgos
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid
Los requisitos de la solicitud son:
Debe ir firmada por el titular, adjuntando fotocopia legible de ambas caras del DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido que le identifique, e indicando la dirección para su envío por correo certificado (preferiblemente el domicilio particular).
En caso de que el informe de riesgos lo solicite un representante del titular, será necesario que se aporte fotocopia del documento público que acredite su derecho a obtener información en nombre del representado, así como el DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido que identifique al representante.
No obstante lo anterior, el Banco de España, en defensa de la confidencialidad de los datos, se reserva la posibilidad de ampliar las exigencias de información necesarias cuando tenga dudas sobre la correcta identificación de quien solicita los datos.
VIAS de apoyo: Eurofinanzas y BDE.
Publicado por Gregorio Horga - 13/09/09 a las 08:09:52 pm
La gestión electrónica de sus facturas a través de CaixaFactura es cómoda y sencilla, ya que el emisor (su empresa) envía y firma la factura y demás documentos a través de Línea Abierta (Banca Electrónica de “la Caixa”), y una vez el deudor (sus clientes) ha aceptado la factura esta ya está lista para que se anticipe su importe.
Otras ventajas del Factoring “la Caixa” relacionadas con CaixaFactura:
Contabilidad y control de las facturas,
- Descongestiona el departamento de contabilidad y de crédito de la empresa cedente (su empresa en este caso).
- Periódicamente se le facilitarán listados de sus facturas pendientes de cobro agrupadas por comprador (deudor) con información estadística de las mismas.
Gestión de cobro,
- Gestionan todas las formas de cobro (las más habituales son: transferencia, cheque y pagaré).
- La entidad realiza todas las gestiones necesarias para alcanzar el buen fin de las operaciones cedidas. En estas gestiones, puede detectarse si existe cualquier tipo de problema, lo que contribuye a reconducir la situación.
Gestión de impagados:
Se realizan las primeras gestiones para conocer las causas del incumplimiento y se transmiten al cliente, en el caso que sea de origen contractual.
- Se delegan las gestiones para conocer las causas del impago y, si las mismas obedecen a insolvencia del comprador (deudor) y estuviese contratada la cobertura de la misma, será CaixaFactoring la que inicie los trámites judiciales pertinentes.
Asesoramiento o tramitación de cesiones,
- Contar con asesoramiento para cada deudor propuesto, así como facilitarle los modelos de cesión para cada uno de ellos.
- Igualmente, a petición de su empresa, pueden realizar la tramitación de la cesión de créditos en su nombre.
Por la nacionalidad y tipología de las empresas compradoras (deudores) se definen distintas modalidades de factoring en “la Caixa”.
- Factoring sector privado (financiación sin recurso o con recurso)
- Factoring sector público (seguridad social y organismos públicos)
- Factoring exportación (con o sin financiación)
Para contratar los servicios i-Factoring del factoring “la Caixa” puede dirigirse a cualquier oficina de su red comercial, llamar directamente al número de teléfono que ofrecen desde su página Web –enlace arriba- o cumplimentar el formulario de correo electrónico en “Atención al cliente“.
Recuerde que el factoring es un producto financiero diseñado especialmente para proveedores de grandes empresas y de las administraciones públicas, que pagan normalmente mediante transferencia y en plazos dilatados.
Les dejo aquí el acceso a las Preguntas frecuentes sobre factoring, que ofrece “la Caixa” para su información.
Publicado por Gregorio Horga - 10/09/09 a las 05:09:59 pm
El servicio de factoring de “la Caixa” es la póliza idónea para aquellas empresas que desean cubrir el riesgo de insolvencia de sus clientes (la morosidad), así como poder anticipar, en cualquier momento, sus ventas a plazo a través de la Banca Electrónica (denominada Línea Abierta Empresas) o desde su oficina de “la Caixa“.
Operativa del servicio de factoring “la Caixa”
Se basa en la “cesión mercantil” de los créditos originados por las ventas, documentadas por facturas o por documentos cambiarios, a favor de ”la Caixa”.

Ventajas financieras y de crédito del servicio de factoring
Financiación de sus ventas,
Anticipo de un porcentaje predeterminado de las facturas.
- Obtención de línea de financiación sobre sus ventas a los compradores clasificados.
- Financiación de sus facturas según sus necesidades.
- La contratación de la financiación mediante un contrato sin recurso le permite reducir su exigible (pasivo en balance –mejorando los ratios de solvencia / endeudamiento-) y no consumir su riesgo bancario (CIRBE). No obstante, ya se empieza a observar en las CIR de las empresas la declaración de factoring por parte de entidades financieras. Tengan ojo al respecto de cual es el tipo de contrato que firma, con o sin recurso. Si firma una póliza “con recurso” el riesgo será declarado en su CIRBE como cualquier otro riesgo comercial de su empresa en el sistema financiero nacional.
Clasificación crediticia de sus clientes,
Clasificación crediticia de sus compradores (deudores) tanto nacionales como extranjeros no residentes.
Cobertura del riesgo de insolvencia,
- Cobertura del 100% del riesgo de insolvencia de los compradores clasificados. Por insolvencia se entiende: suspensión de pagos, quiebra, existencia de concurso privado de acreedores, cierre o cese de actividad.
- La cobertura del riesgo de insolvencia NO contempla los litigios y discrepancias de carácter técnico-comercial.
September 10, 2009 | En
Banca Electrónica,
Factoring,
Internet,
Legislación,
Negocio Internacional,
Redes de oficinas,
Riesgo y morosidad,
Servicios para empresas,
de Crédito,
de Empresas,
de Pymes,
la Caixa / SegurCaixa |
No Comments
Publicado por Gregorio Horga - 21/02/09 a las 06:02:17 am
La actividad del “factoring” cerró 2008 con un crecimiento del 20% y un volumen de cesiones de 99.772 millones de euros.

En boca de Carlos García Casas, tesorero de la Asociación Española de Factoring (AEF) y responsable de Banesto Factoring, 2008 “ha sido un año bastante bueno”, aunque las previsiones para 2009 son peores.
La contracción de la economía se dejará notar en este negocio destinado a empresas. García Casas se conformaría con “empatar” el crecimiento alcanzado en 2008.
El factoring permite gestionar eficientemente el cobro de facturas, con cobertura de insolvencias y además funciona como una línea adicional de financiación de circulante, cubriendo la necesidad de financiación del capital circulante de las empresas, sirviendo de línea de financiación complementaria y/o sustitutiva de las cuentas de crédito, líneas de descuento comercial o anticipo norma 58.
Además, para la empresa puede suponer una reducción de su endeudamiento en CIRBE (en el caso de anticipo del dinero de las ventas “sin recurso”).
La mora del sector fue del 1,42% en 2008, y en 2009 esta tasa podría duplicarse.
Las entidades financieras reclaman al Gobierno un documento para garantizar el plazo de cobro de la deuda de las administraciones públicas, debido a los retrasos en los pagos de las administraciones públicas.