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Catalana Occidente seguro sobre la edificación


Es muy importante que el promotor de edificios destinados a viviendas suscriba un Seguro Decenal de Daños a la Edificación para cada uno de sus promociones. De acuerdo con la Ley, todos aquellos edificios de estas características que no sean asegurados no podrán ser inscritos en el Registro de la Propiedad. Este seguro permite también asegurar otros edificios no destinados a viviendas.

 

 

Catalana Occidente seguro sobre la edificación es una póliza que ofrece las siguientes garantías a promotoras y constructoras –ya que pueden actuar por cuenta del promotor-:

 

  El Seguro Decenal garantiza al asegurado una indemnización por los daños materiales causados en el edificio asegurado por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la obra fundamental y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del mismo.

  La póliza de Seguro Decenal ofrece además la posibilidad de cubrir los daños materiales ocasionados a la obra secundaria, instalaciones y equipamiento (interior y exterior) del propio edificio, siempre que dichos daños sean consecuencia directa de un siniestros indemnizable ocurrido en la obra fundamental.

  Incluye también la garantía de los gastos que sea necesario efectuar en caso de siniestro, así como la del coste de reparación o restitución en caso de defectos en la impermeabilización de cubiertas, terrazas y tejidos.

  La cobertura de este seguro se inicia cuando finaliza el período de construcción y se mantiene durante diez años.

 

El Seguro Decenal de daños a la Edificación surge para dar respuesta a las exigencias de la Ley 38/1999, de 5 de Noviembre, de Ordenación de la Edificación (B.O.E nº 266 de 6.11.99).

Esta Ley establece una serie de garantías de las que deberá responder el promotor frente al propietario o propietarios del edificio.

 

Ventajas del seguro sobre la edificación de Catalana Occidente:

 

El Seguro Decenal de Daños a la Edificación proporciona las siguientes ventajas:

Seguro obligatorio desde 6/5/2000

Es una póliza que se adapta al pie de la letra a lo que exige la Ley de la Edificación.

Tranquilidad para la inversión

Protege la inversión de las empresas promotoras y constructoras frente a los daños posiblemente cuantiosos de los que deberían responder en caso de siniestro amparado por la póliza.

Coberturas complementarias

Además de adaptarse a lo que establece la Ley, la póliza permite también la inclusión opcional de algunas coberturas complementarias que mejoran y amplían la cobertura básica.

Actualización de las sumas aseguradas

La suma asegurada en póliza se revalorizará por aplicación de un índice, lo que permitirá mantenerla actualizada a lo largo de la duración del seguro.

Cobertura para otro tipo de edificios

Además de los edificios de vivienda, que son los que la Ley obliga a asegurar, la póliza puede ser contratada también para edificios destinados a otros usos, tales como naves industriales, hospitales, edificios de oficina, centros comerciales, etc.

 

Este seguro no se puede contratar desde el Web corporativa de Catalana Occidente, únicamente podría solicitar información a través de dicho sitio Web.

 

 

CALIFICACIÓN SEGUROSRED

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