¿Es rentable el uso de avales y fianzas para aplazar pagos tributarios? Finanzas para financieros
Escrito por GregorioHM el 11 enero, 2011Hace poco analizamos las características de los seguros colectivos de afianzamiento, más bien por el interés que tiene para el receptor, que es el comprador, normalmente los particulares.
Desde el frente de la empresa, la constructora y/o promotora, hoy en día existe la posibilidad de obtener aplazamientos de pago de deudas tributarias que liquida la administración local de forma provisional.
Para esto es tan sencillo como solicitar el aval pertinente por la cantidad precisa. Sólo debes tramitar la solicitud con tu entidad financiera, previamente solicitando el modelo de aval (carta de aval) que te requerirá la administración para aceptar el aplazamiento del pago de las tasas tributarias, mientras también puedes emprender los requerimientos legales pertinentes si se considera que no son los que deberían ser según normativa, esto ya es un aspecto a revisar con el dpto. legal o abogados externos especialistas.
Desde el punto de vista financiero, puedes mantener puntas de tesorería remuneradas a tipos de interés acreedores de entre el 3 y el 4%, según entidad y condiciones para el segmento empresa, y pagar por los avales o línea de aval una comisión de entre un 1 y un 2%, siendo las comisiones de apertura reducidas (en torno a un 0,10%), según lo que se puede llegar a negociar respecto las tablas financieras de las entidades, que hoy día tienen poco margén, más cuando están “perdiendo dinero” extratipando el tipo de interés de tus depósitos o saldos vista. Esto per se es rentable, además de que siempre es mejor pagar tarde que pronto, siempre dentro de la legalidad.
Imagen: eleconomist
Publicado: 11 enero, 2011
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