Archivo del mes: marzo, 2010
Escrito por GregorioHM el 23 marzo, 2010
La mutua de seguros catalana Mussap ofrece dentro de su ámbito tradicional (Cataluña, Valencia, Aragón, Navarra y La Rioja) un seguro a medida para el negocio y comercios, basado en las coberturas de riesgos patrimoniales.
Cada empresario / autónomo podrá diseñar el seguro con las coberturas que necesita y más le interesen.
Detalle Coberturas Básicas
Incendio, Explosión, Caída del rayo
Humo
Impacto de vehículos, caída de árboles
Actos de vandalismo
Reuniones, manifestaciones, huelgas
Lluvia, viento, pedrisco, nieve
Gastos de demolición, desescombro
Gastos de salvamento
Pérdida de alquileres
Inhabitabilidad
Asistencia 24 h.
Lista de Coberturas Opcionales
Reconstrucción de documentos
Daños a instalaciones y aparatos eléctricos
Infidelidad empleados
Accidentes del cliente
Robo
Pérdida de Explotación
Accidentes empleados
Daños por agua
Rotura de cristales
Mercancías en frigoríficos
Equipos Informáticos
Responsabilidad Civil
Asistencia Jurídica
Daños Estéticos
Avería Maquinaria
Publicado: 23 marzo, 2010
Categorias: Mussap Mutua de seguros, de Comercio, de Defensa Jurídica, de Empresas, de Negocios, de Pymes, de Responsabilidad civil - RC, informáticos / nuevas tecnologías
Etiquetas: Etiquetas: de Negocios, empresas, Mussap, riesgos patrimoniales, seguro para pymes
Escrito por GregorioHM el 22 marzo, 2010
El seguro Liberty Transporte Mercancías asegura los daños sufridos en las mercancías que transportas, ya sea por tierra, mar o aire (nacional e internacional). Muy recomendable para empresas distribuidoras y operadores logísticos, así como para empresas industriales y de servicios que tengan que realizar o expedir pedidos de significativo volumen cómo para dejar a tenor de las circunstancias el devenir económico de la operación.
Puedes asegurar la mercancía ante los siguientes riesgos:
- Transporte Terrestre: la pérdida total, la desaparición, los daños materiales y la destrucción de la mercancía.
- Transporte Marítimo: la pérdida total, contribución a la avería gruesa, gastos de salvamento, la desaparición, los daños materiales y la destrucción de la mercancía debido a cualquiera de los accidentes denominados fortuna de mar, piratería o abordaje…
- Transporte Aéreo: la destrucción, los daños materiales y la desaparición.
Si quieres saber más, coberturas adicionales, franquicias… puedes descargarte las condiciones generales del seguro de mercancías (27 páginas).
Además de este seguro de mercancías para empresas, Liberty cuenta con un seguro integral para transportistas destinado a asegurar tanto el transporte terrestre de mercancías en camión como a estos profesionales.
Para contratar, puedes enviar tus datos para que se pongan en contacto contigo desde Liberty para asesorarte y aclarar tus dudas, o acudir directamente a visitar a alguno de sus ediadores. Puedes buscar el más cercano desde el buscador por Código Postal insertado en el Web de Liberty.

Publicado: 22 marzo, 2010
Categorias: Liberty, Transportistas, de Empresas, de Gran Empresa, de Logística, de Transporte de mercancías
Etiquetas: Etiquetas: empresas, Liberty, mercancías, seguros para empresas, seguros para negocios
Escrito por GregorioHM el 21 marzo, 2010
El objetivo de ENISA es estimular, mediante sus líneas de préstamos participativos, la creación de empresas promovidas por jóvenes empresarios, facilitando el acceso a una financiación preferente con la única garantía de su proyecto empresarial. Cómo puedes ver en el enlace facilitado sobre el texto “préstamos participativos”, basicamente -dentro de nuestro sistema bancario- las entidades de crédito que son activas en este área de negocio son CAN y laCaixa.
INVERSIONES FINANCIABLES POR LA LÍNEA DE ENISA
· Adquisición de activos fijos.
· Activo circulante necesario para el desarrollo de la actividad.
BENEFICIARIOS
· Todas aquellas PYME que cumplan los siguientes requisitos:
o Ejercer su actividad y realizar la inversión objeto del préstamo, en el ámbito territorial español.
o La constitución de la sociedad como máximo en los dieciocho meses anteriores a la presentación de la solicitud.
o El plan de empresa deberá incluir aspectos innovadores, bien relacionados con el producto y/o servicio, su producción, comercialización, gestión, etc.
o Firma de los promotores como compromiso e implicación del empresario en su proyecto empresarial.
o Ser PYME con forma societaria, conforme a la definición establecida en la Recomendación de la Comisión de la Unión Europea, de 6 de agosto de 2008.
o Estar enmarcada en cualquier sector de actividad, excepto el inmobiliario y el financiero.
INSTRUMENTO FINANCIERO
· Préstamo.
CONDICIONES FINANCIERAS
· Importe máximo del préstamo: 50.000€.
· Tipo de interés: Euribor + 1,5%
· Comisión de apertura: 0%
· Gastos de estudio: 0,5%
· Coste de las garantías: no precisa aval.
· El promotor deberá aportar con recursos propios al menos un 15% del plan de inversión, pudiendo ser dinerarias o no, siempre y cuando éstas últimas nos superen el 50% de la inversión.
· Periodo máximo de amortización: 5 años.
· Carencia: 6 meses.
· Ámbito temporal: 2010
· Sujeto a disponibilidad de fondos.
IMPORTE DE LA LÍNEA
· La línea estará dotada con 25 millones de euros.
TRAMITACIÓN
· A través de la Web enviando el Formulario de Solicitud.
· A través de las Asociaciones de Jóvenes Empresarios. (por ejemplo en Burgos, la AJE ya ha dado buena cuenta del Convenio en los medios).
O, puede dirigirse a:
- Entidades financieras que tienen convenio con ENISA
- Organizaciones empresariales que tienen convenio con ENISA
- Agencias de desarrollo de las Comunidades Autónomas que tienen convenio con ENISA
- Otras entidades que tienen convenio con ENISA
Sobre ENISA
La Empresa Nacional de Innovación, S.A. (ENISA), es una empresa de capital público adscrita al Ministerio de Industria Comercio y Turismo, a través de la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa. ENISA fue constituida en 1982 –así pues es una entidad joven, tiene mi misma edad…– y desde entonces ha venido desarrollando su actividad en el campo de las inversiones financieras, fundamentalmente en proyectos en las etapas de nacimiento y crecimiento de las empresas.
La actividad de ENISA, dentro de la política de apoyo y fomento a las pymes, ofrece a las mismas como fórmula de financiación el préstamo participativo, un instrumento financiero innovador, que proporciona recursos a largo plazo sin interferir en la gestión de la empresa, siendo las ventajas principales, frente a los tradicionales, la no exigencia de garantías reales para su concesión y sus favorables tipos de interés.
En 2010, ENISA, además de sus líneas tradicionales de financiación, mediante préstamos participativos, va a lanzar unas nuevas líneas para financiar proyectos empresariales de jóvenes emprendedores, asegurar la continuidad empresarial de pequeñas y medianas empresas y los gastos asociados a la salida al Mercado Alternativo Bursatil de empresas de mediana capitalización.
Publicado: 21 marzo, 2010
Categorias: Ayudas públicas, CAN, Coyuntura económica, Entidades, Internet, Redes sociales, la Caixa / SegurCaixa
Etiquetas: Etiquetas: capital expansión, capital semilla, de Pymes, enisa, financiación, financiación preferente, inversiones, inversores financieros, jóvenes emprendedores, mab, prestamos participativos, start-ups
Escrito por GregorioHM el 19 marzo, 2010
Llevaba unos días leyendo alguno de los volumenes entregados por Expansion en su promoción editorial Restructuring, de la que ya hemos hablado antes… la factura rectificativa es un procedimiento empresarial de total actualidad.
Me parece interesante informaros de este asunto, para los que no lo conozcan, que a día de hoy es cada vez más habitual: el ser acreedor concursal por facturas impagadas de clientes. Con las facturas rectificativas al menos veras mitigado el daño de impagos.
La factura rectificativa es un procedimiento por el qeu los acreedores-proveedores de las empresas concursadas tienen la posibilidad de recuperar la parte del IVA devengado (y no cobrado…) por operaciones que hayan materializado con clientes declarados en concurso.
El acreedor concursal deberá emitir al concursado una factura rectificativa anulando la cuota repercutida y los datos correspondientes a la misma, tales como la fecha de las facturas rectificativas. El plazo es de 1 mes desde la publicación del auto de concurso de acreedores.
Para que se produzca dicha devolución, el acreedor deberá comunicarselo a Hacienda en el plazo de 1 mes desde la la expedición de la factura rectificativa. Por último, el acreedor concursal deberá probar que no se trata de créditos garantizados, afianzados o asegurados… ni créditos entre personas o entidades vinculadas, adeudados o no afianzados por entes públicos, ni correspondientes a destinatarios no establecidos en el territorio de apliación del impuesto o en Canarias, Ceuta o Melilla.
Para la empresa concursada también tiene sus implicaciones la recepción de facturas rectificativas, ya que minorará el importe de las cuotas deducidas por IVA soportado por compras, que desconto en la liquidación correspondiente, y que por tanto supone el origen de un nuevo saldo deudor de la concursada para con la Agencia Tributaria, que es un acreedor privilegiado.
Escrito por GregorioHM el 17 marzo, 2010
Tras hablar de Basilea III, vamos a hablar ahora de las cuotas participativas, ese misterioso instrumento de capital de las cajas de ahorros. Este instrumento actualmente es poco atractivo para el inversor: no tienen derechos políticos y está limitado al 5% el porcentaje que puede comprar un solo tenedor, por lo que no puede acceder al control en ningún caso.
La nueva normativa de capital bancario que se impondrá en 2012 va a forzar, según fuentes entendidas del sector, a hacer más atractivos estos instrumentos para captar capital, equiparándolos con las acciones al dotarlas de derechos políticos. No hay otra salida, si las cajas quieren cumplir con los nuevos estándares internacionales de capital, agregan fuentes implicadas en la nueva regulación.
En la reforma financiera internacional que conducirá a Basilea III, uno de las modificaciones más importantes va a ser la necesidad de tener más capital y de mayor calidad (capital y reservas), dando un menor peso en el cálculo de las ratios de solvencia a los productos híbridos como las participaciones preferentes.
En un reciente documento del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea se señala que «la clase de activos que formarán el Tier 1 [uno de los principales ratios de solvencia] serán las acciones y el beneficio retenido», mientras que «los híbridos, actualmente limitados al 15% del Tier 1, perderán paulatinamente importancia».
En términos prácticos, supondrá que el mínimo de este capital de mayor calidad (core capital) de las entidades se sitúe en el 8,5% de los activos ponderados por riesgo, según las previsiones de la patronal de las cajas (Ceca). Sólo catorce cajas se encuentran por encima de este nivel, según datos de junio de 2009, los últimos disponibles de todo el sector. Ahora no existe mínimo para este tipo de recursos propios, si bien el mercado considera que un nivel aceptable se sitúa entre el 7 y el 8%.
Hoy las cajas sólo tienen dos fórmulas para elevar este tipo de capital de primera categoría: a través de reservas o emitiendo cuotas participativas, algo que sólo ha hecho CAM hasta el momento. Las principales cajas del país, como La Caixa o Caja Madrid, han señalado en varias ocasiones el poco atractivo de estos instrumentos para los inversores y han exigido su reforma, hasta equipararlos con las acciones de los bancos.
El Banco de España también ha insistido en que hay que llevar a cabo reformas que den a las cajas de nuevas fórmulas para conseguir capital como los bancos. En su último discurso, el gobernador, Miguel Ángel Fernández Ordóñez, instó a la Administración a «dar [estas entidades] la posibilidad de captar recursos propios de calidad [...], cumpliendo con los requerimientos que el nuevo entorno regulatorio internacional va a exigir en los próximos años». No obstante, Ordóñez nunca ha querido precisar si esta reforma pasa por dar derechos políticos (de voto). De momento y a día de hoy reiterar que en España sólo CAM, la Caja del Mediterraneo, a emitido este instrumento en el mercado de valores. Algo tiene que cambiar para que este mercado sea dinámico, pues parece que sí es necesario en el nuevo entorno competitivo y normativo que se avecina para las entidades de crédito de personalidad jurídica no privada.
Publicado: 17 marzo, 2010
Categorias: Concentración sectorial, fusiones y participaciones, Coyuntura económica, Entidades, Negocio Internacional
Etiquetas: Etiquetas: banco de españa, bancos, basilea III, cajas de ahorros, derechos de voto, derechos políticos, entidades de crédito, instrumentos de capital, mercado de valores, regulación internacional