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Archivo del mes: septiembre, 2009

AMA seguros de responsabilidad actividades sanitarias


La contratación de un seguro de responsabilidad es necesaria para todos los profesionales y sus sociedades, que ejerzan la actividad sanitaria.

 

La Ley 44/2003, en su artículo 46, dice que “… las personas jurídicas o entidades de titularidad privada que presten cualquier clase de servicios sanitarios, vienen obligadas a suscribir el oportuno seguro de responsabilidad, un aval u otra garantía financiera que cubra las indemnizaciones que se puedan derivar de un eventual daño a las personas causado con ocasión de la prestación de tal asistencia o servicios.”

El seguro de responsabilidad actividades sanitarias de AMA sirve tanto para médicos, como para farmacéuticos, odontólogos y veterinarios.

 

No todos los seguros de rc profesional son iguales. A.M.A. ofrecer diversas modalidades, coberturas, experiencia y servicios de valor añadido:

- Cobertura total

- Continuidad, seriedad y solvencia

- Calidad y servicio

- Equipo jurídico especializado en asuntos de Responsabilidad Civil Profesional, a través del seguro complementario de protección jurídica AMA.

 

Desde aquí o en la nueva Web de AMA seguros puedes descargarte el folleto informativo del seguro de responsabilidad, que cuenta además con tablas orientativas de las tarifas por capitales asegurados para médicos, ejercicio 2008. Desde su misma Web puedes ponerte en contacto con AMA para solicitarles más información a través de un breve formulario online de consulta.

 

 

Por ejemplo, estas son las coberturas para el seguro de responsabilidad para médicos:

 

Garantías Básicas Médicos

- Responsabilidad Civil Profesional

* Defensa del Asegurado frente a reclamaciones objeto del seguro

* Defensa y Fianzas

* Pago de las costas y gastos judiciales y extrajudiciales, inherentes a cada siniestro

* Pago de la indemnización derivada de la Responsabilidad Civil Profesional asegurada, dentro de los límites fijados en póliza

* Capitales a contratar: desde 90.000 hasta 1.200.000 euros

* Capital por siniestro: Capital base contratado

* Capital por año: Doble capital base contratado

- Responsabilidad Civil de Explotación

- Inhabilitación Temporal Profesional

 

Garantías Optativas Médicos

- Daño Estético

- Informes Periciales

- Actividad Docente

- Protección Jurídica, Defensa y Reclamación del personal sanitario (en póliza complementaria)

 

Ámbito Geográfico: todos los países del mundo (excepto EE.UU, Canadá y territorios asociados); estos países cuentan con un sistema sanitario muy diferente al europeo o continental.

Para más información sobre las coberturas básicas y optativas específicas para farmacéuticos, odontólogos y veterinarios, visita la Web de AMA -pulsa aquí-.

 

 

CALIFICACIÓN SEGUROS RED

Unión Alcoyana todo riesgo Construcción


Todas las obras de construcción están sujetas a numerosos riesgos, algunos se pueden prevenir, pero hay otros imprevisibles (reducción de tiempos, localizaciones de obras, contratación de personal sin experiencia, nuevos materiales y proyectos).

 

 

Si se trata de grandes empresas, podrían pensar en un sistema de autoseguro, pero pueden sufrir daños que excedan de su capacidad económica, por lo que es necesario transferir los riesgos a una entidad de seguros.

 

El tamaño de la obra no influye en la contratación del seguro Unión Construcción, tanto las obras pequeñas como las grandes pueden verse afectadas por un siniestro importante.

 

 

Garantías que incluye este seguro

Garantías Básicas:

  • Convencionales: Incendio, explosión, caída del rayo, robo y expoliación, demolición, desescombro, rotura de cristales.
  • Naturaleza: Viento, lluvia, pedrisco, nieve, heladas, ciclón, huracán, inundación de ríos, hundimiento y corrimientos de tierras, aludes, terremotos, volcanes.
  • Ejecución obra: Errores de diseño, defectos en materiales empleados, ejecución incorrecta.
  • Causas humanas: Impericia, negligencia, actos malintencionados del personal asegurado o terceros.

 

Garantías Opcionales:

  • Maquinaria y/o equipos de construcción.
  • Prueba y/o montaje de  maquinaria.
  • Gastos adicionales, como horas extra, transporte y/o flete aéreo.
  • Pre-almacenamiento de bienes.
  • Daños a bienes preexistentes.
  • Efectos personales.
  • Mantenimiento.
  • Responsabilidad Civil.

 

Documentación necesaria para la formalización de este seguro

 

La documentación necesaria para formalizar una póliza de todo Riesgo Construcción es:

  • Tipo de edificio.
  • Número de plantas y/o sótanos.
  • Características del terreno y profundidad de excavación.
  • Sistema de cimentación.
  • Duración de la obra.
  • Situación del riesgo.
  • Altura y luces.
  • Suma asegurada.

Obras que pueden asegurarse

  • Unifamiliares aisladas/ adosadas.
  • Plurifamiliar en altura.
  • Edificios de oficinas mixtos.
  • Edificios públicos, sociales, comerciales.
  • Naves industriales.

Puedes asegurar la maquinaria utilizada en la obra

 

 

Si, se puede asegurar tanto la maquinaria a utilizar en obra como los equipos de construcción, andamiajes, hormigoneras,…

 

Asegurado o tomador del seguro

 

 

El asegurado natural sería el contratista, aunque cualquier interviniente en la obra también lo  puede ser (promotor, constructor, entidad bancaria, etc.).

 

Duración del seguro

 

 

Entre las fechas de efecto y vencimiento indicadas en las condiciones particulares que deberán ser las de comienzo y terminación de la obra.

 

 

Existe la garantía opcional para labores de mantenimiento o reparación de defectos aparecidos con posterioridad la cual cubre las mismas garantías de la póliza 12 meses posteriores a la finalización de la misma.

 

Si la obra no ha terminado en el tiempo previsto, el seguro sigue vigente

 

A la llegada del vencimiento de la póliza el seguro se anula pero existe la posibilidad de cambiar el mismo haciendo una variación a la póliza inicial. Si la causa se justifica, el importe de la variación no excederá en mucho de lo que se hubiese cobrado al principio de contratar la póliza.

 

 

Cómo vemos, en todos los casos Unión Alcoyana resuelve muy bien en su Web algunas de las principales cuestiones de duda en torno al seguro todo riesgo construcción. Algo que es digno de destacar y que sería recomendable que todas las aseguradoras pusieran en práctica: resolver online las preguntas frecuentes de sus asegurados. En este aspecto si es una referencia esta aseguradora valenciana.

Tokio Marine seguro de daños patrimoniales empresa/industria


El contexto de las empresas es cada vez más dinámico, competitivo y global. La capacidad de adaptación al cambio es factor clave para conseguir el éxito y lograr superar los desafíos a los que las empresas se ven expuestas a diario en sus operaciones, vínculos, intercambios y riesgos.

Tokio Marine seguro de daños patrimoniales ofrece una propuesta de valor añadido a pymes y grandes empresas en la cobertura de riesgos industriales:

  • Experiencia en la cobertura de grandes industrias
  • Capacidad para cubrir riesgos que por su naturaleza o cuantía requieren de una compañía fuerte, sólida y solvente
  • El know-how necesario para identificar riesgos y proponer mejoras en su gestión
  • Soluciones transnacionales para empresas con presencia internacional

Ahora más que nunca, la rentabilidad -y no sólo el crecimiento- son objetivos primordiales para las empresas. La continuidad operativa y de capacidad de negocio es un factor clave para asegurarse dichos objetivos.

Tokio Marine destaca por pólizas de seguros de empresa flexibles, que permiten diseñar -de manera diferenciada para cada cliente- la mejor solución aseguradora en función de las garantías que se incluyan en cada una de ellas.

 

 

 

Opción A. Multi-riesgo industrial

Basado en un esquema de riesgos nominados. Permite seleccionar aquellos riesgos más significativos que la empresa desea asegurar: 

 

- Incendio

- Daños por agua, actos vandálicos, fenómenos atmosféricos, impacto de vehículos…

- Robo y expoliación

- Daños eléctricos

- Pérdida de beneficios

Opción B. Todo Riesgo industrial

Basado en un esquema de riesgos innominados. Permite a la empresa disponer de la máxima cobertura y seguridad, al asegurarse contra todos los riesgos físicos salvo aquellos expresamente excluidos, incluyendo como opciones:

  • Cobertura Todo riesgo
  • Avería de Maquinaria
  • Bienes refrigerados
  • Equipos electrónicos
  • Rotura de cristales y loza sanitaria

En ambos casos se puede operar con distintos niveles de franquicias y con diversas coberturas opcionales.

 

 

Además de acuerdo con la actual regulación española, todos los seguros de Tokio Marine incluyen la cobertura de “Riesgos Extraordinarios sobre los Bienes” otorgada por el Consorcio de Compensación de Seguros. Esto les permite extender la cobertura de Pérdida de Beneficios no sólo contra los riesgos tradicionales garantizados por la póliza, sino también contra el riesgo de terrorismo obteniendo por tanto una amplia cobertura.

Unión Alcoyana Decenal


El seguro decenal para la construcción nace para la mejora de las condiciones de calidades de las edificaciones y la exigencia de responsabilidad (legal) por causa de la misma.

 

 

¿Qué garantías incluye el seguro Unión Decenal?

 

 

Daños materiales por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga u otros elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio, así como a la obra secundaria, instalaciones y urbanización.

 

 

¿Qué documentación es necesaria para la formalización de este seguro?

 

 

Es necesaria la contratación de la póliza provisional al inicio de la construcción (como si se tratará de un preaval, un preseguro) una vez recibido por la aseguradora, así como la solicitud cuestionario y el informe D0 del Organismo de Control Técnico (OCT).

 

 

¿Hay legislación que obligue a la contratación de un seguro de daños a la edificación?

  • Ley 38/1999 de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación (vigor 06/05/00)
  • Instrucción 11/09/2000 Registradores y Notarios consulta D.G.S
  • Ley 53/2002 de 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, disposición adicional segunda Art. 105 modificación L.O.E. (vigor 01/01/03)

¿Son asegurables todas las edificaciones?

  • Aquellos de carácter permanente, públicos o privados cuyo uso principal sea:
    • Vivienda (disposición adicional segunda)
  • Aquellas edificaciones  que sean resultado de las obras siguientes:
    • Las obras de nueva construcción
    • Las obras que alteren la fachada, volumen, cimentación, estructura o uso.
    • Las obras en edificios catalogados.
  • Las instalaciones fijas, equipamientos y de urbanizaciones adscritas al edificio.

La construcción de edificios, la realización de obras que en ellos se ejecuten, precisan de proyecto previo (Art. 2.2) y las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas.

 

¿Quién está obligado a contratar el seguro decenal?

Es un seguro de carácter obligatorio sólo a edificios de viviendas y esta obligación recae sobre el promotor del edificio.

 

¿Quién es el asegurado?

Se trata de un seguro atípico ya que el asegurado es desconocido para la Compañía aseguradora, ya que es la persona adquiriente de la vivienda.

 

 

Existen seguros en los que se designa directamente el asegurado o beneficiario de la póliza y en este caso es la persona que compre la vivienda.

 

¿Qué riesgos se excluyen?

  • Daños corporales y perjuicios económicos.
  • Daños a inmuebles contiguos.
  • Daños a bienes muebles.
  • Obras posteriores a la recepción, salvo reservas.
  • Daños por mal uso o falta mantenimiento.
  • Gastos de mantenimiento.
  • Incendio o explosión (salvo vicio o defecto propios)
  • Caso fortuito o fuerza mayor.
  • Con origen en partes sobre las que se hagan reservas en el acta de recepción

¿Cuándo se inician las garantías del seguro Decenal?

 

La garantía se inicia a la finalización de la obra cuando el promotor de la misma entrega la vivienda al adquiriente o asegurado.

 

La duración del contrato es de 10 años (decenal) más dos de posible recepción de reclamaciones por daños que hayan aparecido durante los diez años de vigencia de la póliza.

 

 

Es normal que Unión Alcoyana incluya en su oferta de seguros esta póliza dado que su ámbito de actuación es fundamentalmente la Comunidad Valencia, área con amplia actividad inmobiliaria y con importantes proyectos y empresas en este sector dentro de la comunidad.   

HCC Europe Decenal


Desde la entrada en vigor en el año 2000 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (L.O.E.), los promotores inmobiliarios se encuentran obligados a contratar un seguro que garantice durante diez años, para aquellos edificios cuyo destino principal sea el de vivienda, el resarcimiento de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación o a la estructura, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio. El producto adecuado para cumplir con estas obligaciones impuestas en la L.O.E es el Seguro Decenal de Daños a la Edificación.

HCC Europe Decenal, en su determinación por ofrecer un portfolio completo de servicios al sector inmobiliario, incorpora a su oferta este seguro Decenal. Recuerde que es necesario acreditar la contratación del Seguro Decenal de Daños a la Edificación para inscribir en el Registro de la Propiedad las escrituras públicas de obra nueva. No conviene dejarlo para el final porque, aunque las garantías entran en vigor cuando se entrega el edificio, es necesario ponerse en contacto con la compañía de seguros al inicio del proyecto con el fin de que un organismo de control técnico colabore en el seguimiento de todo el proceso constructivo, ayudándole en el control de calidad y a que pueda entregar su promoción con todas las garantías.

HCC Europe, ofrece además la posibilidad de contratar una serie de garantías complementarias, protegiendo al asegurado de las consecuencias de los defectos en la construcción.

La oferta se completa con un programa de gerencia de riesgos que permite conocer el comportamiento del edificio una vez construido con objeto de prevenir y minimizar los posibles daños que pudieran sobrevenir.

 

Garantía Básica o de daños estructurales

HCC Europe garantiza, durante diez años a partir de la fecha de recepción de la obra, la indemnización o la reparación de los daños materiales causados en el edificio asegurado por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación o estructura, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del mismo.

Cubre los daños producidos a la urbanización adscrita al edificio que sean consecuencia de los daños descritos en el párrafo anterior.

Dentro de esta garantía quedan contemplados los gastos ocasionados para eliminar la amenaza de hundimiento de la obra fundamental del edificio, así como los de demolición y desescombro necesarios para llevar a efecto los trabajos de reparación consecuencia de un siniestro cubierto.

La suma garantizada es el 100% del valor definitivo de la edificación en el momento de la recepción comprendiendo, el coste de ejecución por contrata, los honorarios de proyecto y de dirección facultativa, los honorarios del Organismo de Control Técnico, las licencias e impuestos y cualquier otro gasto que sea necesario para la ejecución de la obra.

Garantías complementarias

Impermeabilización de cubiertas, terrazas y tejados o de fachadas o de sótanos

Renuncia a recurso

Revalorización automática

Bienes preexistentes

 Gastos de demolición y desescombro

 

Control Técnico

Las garantías del Seguro Decenal de Daños a la Edificación están subordinadas al control técnico del proyecto, de la ejecución y de los ensayos de los materiales, efectuado por un Organismo de Control Técnico (O.C.T.). Este Organismo es contratado por el Tomador del Seguro y debe ser aceptado por el Asegurador.

La función del O.C.T. es la disminución de riesgos, ejerciendo una labor de normalización y prevención de los mismos. Con este fin remitirá a HCC Europe los informes necesarios para realizar una valoración total del riesgo.
 
Gerencia de Riesgos

HCC Europe ofrece además, como parte de su Seguro Decenal y sin ningún coste adicional para el cliente, un programa de Gerencia de Riesgos después de la entrega del edificio consistente en la contratación del O.C.T. durante los cuatros años siguientes a la recepción del mismo. Durante este tiempo se prestará un servicio de inspección y vigilancia mediante unas visitas programadas, que permitirá conocer el comportamiento del edificio una vez construido. La detección de posibles defectos antes de haberse extendido los daños redunda en el beneficio de los propietarios.

Este programa que ofrece HCC Europe supone un elemento diferenciador respecto a la oferta de Seguros Decenales de daños a la construcción ofrecidos por otras compañías y viene a completar los programas de Gerencia de Riesgos que también ofrece como parte de sus productos de Afianzamiento de Viviendas y Caución.

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