2008 December | Seguros para Empresas - Part 2
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Archivos del mes December, 2008

Mutua General de Seguros y Euromutua se fusionan

MUTUA GENERAL DE SEGUROS y EUROMUTUA han cerrado un acuerdo de fusión. La nueva compañía, que operará con nombre propio, dispondrá de un patrimonio de más de 125 millones de euros, prestará sus servicios a través de una red de 160 sucursales y superará los 350 millones de euros de primas en cartera. Estos datos la situarán dentro de las 30 primeras entidades del sector por volumen de facturación.

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La nueva sociedad dispondrá de un superávit de más de 300 millones de euros en su margen de solvencia y unas plusvalías tácitas de un valor superior a 250 millones de euros.

La operación deberá ser ratificada por las respectivas asambleas de mutualistas, que tendrán lugar durante el primer semestre de 2009.

Fuente: www.inese.es

Asefa ha formalizado la adquisición de Sabadell Aseguradora y de Nueva Equitativa.

Asefa ha formalizado la adquisición de Sabadell Aseguradora y de Nueva Equitativa, luego de la aprobación por parte de los accionistas correspondientes de la propuesta de adquisición, y tras obtener la autorización por parte de la Dirección General de Seguros.

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Con esta operación, Asefa pretende lograr crecimiento y diversificación en el mercado asegurador, ya que Sabadell Aseguradora ofrecía seguros de accidentes, vida, salud, responsabilidad civil, avería de maquinaria, multirriesgos, agrario, y automóviles. Nueva Equitativa, por su parte estaba especializada en seguros de salud y decesos.

De esta manera, Asefa reforzará su posición en el mercado asegurador español, donde gracias a su especialización en la construcción, es compañía de referencia.

De hecho, durante el mes de diciembre, ha comenzado a comercializar a su nombre el seguro de “avería de maquinarias”.

Fuente: www.inmodiario.com

El Seguro “Retirada de Carnet”

Para viajantes, comerciales, autónomos, jefes de obra…, es decir, para todo profesional que necesite imprescindiblemente hacer uso del coche para su trabajo diario, esta es una cobertura bastante atractiva y/o que por lo menos merece la pena tener en cuenta (recuerde: 12 puntos).

 

 

Una incidencia de este tipo se podría tornar como imperdonable, según que casos, desde el punto de vista económico y empresarial.

 

Hoy día esta desafortunada situación le puede llegar a suceder a cualquiera dado lo aleatorio de los controles generales y puntuales con los que Tráfico puede llegar a sorprendernos.

 

Como más vale prevenir que curar, seguro que alguno ya esta pensando en proveerse de esta “vaselina” aseguradora antes de saltar de nuevo a las pistas. Suerte en el trabajo, y también con el coche, la carretera y los puntos!!!

 

Además el precio de la “aspirina” no es elevado, la prima anual puede oscilar entre los 30 y los 200 euros anuales en función de la cuantía de subsidio requerida.

 

 

Ver post relacionado (blog Seguros COCHES MOTOS): El Seguro “Carnet por Puntos”

http://seguroscochesymotos.com/

Seguros de ARRENDAMIENTO: Seguro de IMPAGO de Rentas Inmobiliarias & FISCALIDAD (II)

ALQUILER DE LOCAL COMERCIAL Y PLAZAS DE GARAJE:

 

Lamentablemente debemos informarles de que actualmente ninguna compañía ofrece dicho servicio de forma directa para locales comerciales y plazas de garaje.

 

Arrendamiento Locales

Arrendamiento Locales

 

 

 

 

FISCALIDAD arrendamiento Local Comercial:

 

-          Para el arrendador (propietario) supone un ingreso en IRPF en concepto de Rendimientos Inmobiliarios, del que podrá deducir los gastos necesarios de mantenimiento y amortización. Además de estar obligado a repercutir el IVA (16%) e liquidarlo trimestralmente (modelo 300), su arrendatario esta obligado a realizar  retención del 18% en concepto de retenciones del IRPF e igualmente por su parte abonarlo trimestralmente (modelo 110), con lo que la cantidad neta que queda para la propiedad es un 70,7% del precio total –impuesto incluido- facturado periódicamente.

 

-          Para el arrendatario (actividad profesional) es un gasto que generar derecho a deducción fiscal, en Impuesto de Sociedades (tipo general del 30% en 2008 y el 25% para pymes por los primeros 120.202 € de beneficio) para empresas o en IRPF (al tipo marginal correspondiente a tramos) para autónomos. Tiene que realizar las retenciones de IRPF e ingreso a la AEAT mencionadas arriba.

 

VIA/Enlaces de interés:

http://reformafiscal.meh.es/impuestos.asp#reduccion

Seguros de ARRENDAMIENTO: Seguro de IMPAGO de Rentas Inmobiliarias & FISCALIDAD (I)

ALQUILER DE VIVIENDA:

 

El Seguro de alquiler o seguro de impago de rentas, es un producto innovador que GARANTIZA al propietario de una vivienda EL PAGO de la renta de alquiler aunque el inquilino deje de pagarla.

 

Alquiler_Vivienda

Alquiler_Vivienda

 

 

Coberturas:

 

-          La propiedad recibirá siempre la renta por alquiler aunque el inquilino deje de pagar.

-          Ayuda al propietario para la recuperación de la vivienda a la mayor brevedad posible (mediante asesoramiento y ayuda en todas las acciones legales).

-          Caso de que el inquilino moroso antes de abandonar la vivienda realice actos vandálicos o robo en su vivienda le compensan por los daños.

-          Defensa jurídica en los juicios de desahucio.

 

FISCALIDAD arrendamiento Vivienda:

 

-          Para el arrendador (propietario) supone un ingreso en IRPF en concepto de Rendimientos Inmobiliarios, del que podrá deducir los gastos necesarios de mantenimiento y amortización. Si el contrato es entre personas físicas no se repercute I.V.A.

 

-          Para el arrendatario (inquilino) es un gasto que puede generar derecho a deducción fiscal en la declaración de la Renta según Comunidades Autónomas.

 

 

VIA/Enlace de Interés:

http://www.segurodealquiler.es/

Seguro para COMERCIOS: Coberturas.

Esta póliza cubre todo lo que su comercio necesita para garantizar su funcionamiento frente a cualquier riesgo.

Comercios

Comercios

 

 

Desglose de Coberturas:

  1. Daños materiales (incendio, inundación, tuberías, roturas cristal y sanitarios).
  2. Coberturas de robo (robo y daños por esta causa, dinero, cheques, bienes portados en el interior del establecimiento, llaves y cerraduras).
  3. Responsabilidad civil (por daños a terceros: indemnizaciones y fianzas).
  4. Prestaciones especiales (Alquiler de otro local y traslado del contenido por Inhabilitabilidad de edificio, reposición de documentos, gastos de extinción y salvamento, objetos desaparecidos, asistencia sanitaria en caso de robo con violencia).
  5. Transportes (daños materiales que sufran las mercancías en vehículos propiedad del asegurado).
  6. Paralización de actividad (indemnización diaria).
  7. Avería de maquinaria (daños internos en maquinas, aparatos y equipos electrónicos).
  8. Accidentes personales (propietario o titular y sus empleados: fallecimiento, invalidez, incapacidad).
  9. Condiciones especiales (paralización cámaras frigoríficas, usuarios de locales en régimen de alquiler, propietarios de locales en régimen de alquiler).
  10. Prestaciones asistenciales (defensa jurídica: costas judiciales, dirección jurídica, servicio telefónico de orientación jurídica; asistencia en comercio: servicios urgentes por incendio, robo, explosión o inundación, reparaciones, reformas y otros servicios, asistencia técnica informática).

 Facilidades a tener en cuenta:

-          Servicio asistencia 24 h.

-          Servicios urgentes y necesarios, incluso con sistemas de alarma.

-          Indemnización diaria por paralización de actividad a consecuencia de siniestro amparado por las coberturas de daños materiales y robo.

Double a Protect: nueva solución de AON y ALLIANZ para Seguros de Responsabilidad Civil.

AON y ALLIANZ han anunciado el lanzamiento de un nuevo producto diseñado para ofrecer estabilidad en los programas de seguros de las empresas. Mediante ‘Double A Protect’ ofrecen una solución aseguradora exclusiva con capacidad adicional multilínea en exceso de hasta 25 millones de euros con un elemento de protección frente a problemas de responsabilidad civil.

La propuesta “actúa en exceso de los programas de Responsabilidad Civil de Directivos y Administradores, y de Responsabilidad Civil General de la empresa pudiendo extenderse retroactivamente hasta 5 años”.

‘Double A Protect’, ofrece además de la cobertura de seguro tradicional, la protección frente a insolvencia de aseguradoras participantes en los programas de seguros de las empresas. Se ofrece en función de la fecha de reclamación del siniestro y está disponible para empresas de todos los sectores, siempre que estén domiciliadas fuera de Estados Unidos, salvo las instituciones financieras.

El consejero delegado de AON ESPAÑA, Rafael Esteban, afirma que “en AON somos capaces de desarrollar soluciones como el producto ‘Double A Protect’, que con la cobertura de aseguradoras de primer nivel nos permiten dar respuesta a las necesidades de nuestros clientes.

El lanzamiento de este tipo de productos, evidencia una clara respuesta ante la necesidad de brindar seguridad y estabilidad a los asegurados, que en tiempos de crisis e incertidumbre se perciben deterioradas por los consumidores.

El Seguro de RC para los administradores y directivos de sociedades

Hoy día, y más con los vientos que corren, los riesgos-responsabilidades derivados de la gerencia de una empresa ponen en peligro no sólo la continuidad del negocio sino el patrimonio personal de sus administradores. Con estos mimbres, cada vez es más necesario que estas personas se protejan frente a los riesgos por sus actividades empresariales.

Un tema de enorme trascendencia en la actualidad: la responsabilidad de los administradores de sociedades de capital frente a socios o terceros, exigible mediante la ‘acción individual de responsabilidad’ del art. 135 LSA. Como reza el art. 133.1.   Los administradores responderán frente a la sociedad, frente a los accionistas y frente a los acreedores sociales del daño que causen por actos u omisiones contrarios a la ley o a los estatutos o por los realizados incumpliendo los deberes inherentes al desempeño del cargo.

Administradores

Administradores

 

Este tipo de seguro defenderá no sólo el patrimonio del asegurado y su empresa sino que también su imagen-reputación y a las personas “clave”.

 

Coberturas básicas asumidas, mediante abono de:

 

  • Perjuicios, multas administrativas y gastos de defensa derivados de reclamaciones contra el administrador o directivo en el ejercicio de su gestión (posibles errores suyos o de personas de las que legalmente deba responder, como es el caso de la responsabilidad sobre las cuentas contables depositadas pese a que su confección este a cargo de un responsable financiero, o la materia fiscal aunque usted no sea quién liquide los impuestos).
  • Gastos derivados de la restitución de imagen.
  • Gastos por investigación necesaria a motivo de una reclamación.
  • Reembolso a la sociedad de la cantidad abonada por esta en caso de haber tenido que hacer frente a una indemnización por pérdida motivada por una reclamación cubierta por la póliza.

 La prima/precio del seguro se calcula en esencia en función de la facturación de la empresa y el importe de cobertura que se quiere cubrir.

 

Le aconsejamos que si dispone de esta póliza revise las coberturas y si no quizás sea el momento de pedir un estudio a su compañía aseguradora o broker de seguros.

Gestión del riesgo comercial y prevención de impagados o morosidad empresarial. El Seguro de Crédito (3 de 3).

Para concluir, dos consejos para que reflexione sobre su política comercial:

- Primero, si tiene dudas sobre la evolución económico-financiera de sus clientes acuda rápidamente a revisar las coberturas de crédito por cliente que le asegura su compañía de crédito y caución, o en su defecto a solicitar un estudio de riesgo junto al correspondiente presupuesto/s de seguro.

- Segundo, si estos clientes que empiezan a ser sospechosos de dudosidad crediticia sobrepasan ese tope de riesgo afianzado por el seguro, es decir que el volumen de operaciones en circulación –crédito comercial pendiente- es mayor al asegurado en póliza, exíjale amablemente que sea una entidad bancaria la que avale a favor de su empresa los pedidos pendientes de entregar, o bien anticípese y sean ustedes los que tenga disponible una límite de línea de avales de este tipo para disponerlo frente a sus proveedores si consideran que van a realizar fuertes compras y que esta vez les va a ser más difícil negociar las condiciones de aplazamiento de pago –así ganará tiempo, seguridad y eficiencia comercial en caso de que se lo exijan en un futuro próximo; a cambio de una pequeña comisión de apertura-.

ESQUEMA DEL FUNCIONAMIENTO OPERATIVO DE ESTAS GARANTÍAS:

Empresa A, compra aprovisionamientos a la Empresa B y vende su producción a la empresa C.

Riesgos Comerciales –caso de cobro a crédito–:

A con C y B frente a A, o lo que es lo mismo el riesgo de la relación proveedor – cliente. Esta es la clave del negocio en la actualidad (para que vender algo que no vas a cobrar, “ir para nada no tiene sentido”). Puede ser que C venda directamente a minoristas -por lo que podría cobrar al contado y/o tener más diversificado su riesgo comercial- o que este circuito ínter empresarial continué.

Circuito comercial y de riesgo:

La empresa B en caso de duda o necesidad pedirá garantías adicionales a A que aseguren que cobrará ese suministro o venta a crédito. Lo mismo hará A respecto a C.

Por tanto, tanto A como B pueden acudir previamente a contratar un seguro de crédito que analice previamente los riesgos y le ofrezca una cobertura (límite de importe) del crédito que concede a su cliente.

Aún en este caso, puede ocurrir que este límite de cobertura se vea excedido y ya estaría de nuevo en una situación similar a la inicial frente a nuevas operaciones, hasta que venza alguna de las que estén en curso.

Así, A y B podrán tomar la iniciativa de solicitar respectivamente a sus clientes (C y A) que sea una de sus entidades bancarias las que avale el importe total o parcial del pago pendiente a través de por ejemplo aval bancario sobre el efecto comercial emitido o mediante carta de aval. Esta línea puede ser para operaciones concretas o por un límite global (un volumen de importe determinado) por un plazo de tiempo también preestablecido.

Esperamos que estos anotaciones le sean útiles para dormir mejor durante estas duras navidades… no dudamos que seguro se esta ganando y mereciendo su disfrute. Buena suerte.

Las primas en seguros multirriesgo podrían cerrar el ejercicio 2008 con un crecimiento de entre el 6% y el 7%

La facturación por primas en seguros multirriesgo podría cerrar el ejercicio 2008 con un crecimiento de entre el 6% y el 7%, frente al 8,1% que repuntaron en 2007, alcanzando una facturación por primas de unos 5.825 millones de euros, según un estudio de DBK.

Tasa de crecimiento de las primas de seguros multirriesgo

Durante la última década, el mercado de seguros multirriesgo ha registrado una evolución muy positiva, en paralelo a la trayectoria de la actividad de construcción de viviendas y a la favorable evolución del conjunto de la actividad económica.

Así, en el período 2000-2007 la facturación por primas contabilizó una tasa de crecimiento medio anual cercana al 12%, situándose por encima de los 5.400 millones de euros al cierre de 2007. En el año 2008, la tasa de crecimiento fue menor, a consecuencia de la crisis financiera internacional, que afectó el nivel de construcción y la actividad económica del país

Fuente: europapress.es

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