Las empresas de conservas ofrecen hoy en día uno de los servicios más importantes que se pueden encontrar en el sector de la alimentación. Es sabido que cada día son más los alimentos que se adquieren en conserva, por lo que la demanda de estos productos crece con el tiempo.
Las empresas de este tipo tienen las mismas responsabilidades y riesgos que otras similares, con la suma de los riesgos propios, de los productos con los que trata, pues las conservas pueden ser muy delicadas, debido a que van a ser usadas a lo largo del tiempo, por muchas personas y por tanto, cualquier carencia de un estricto control de calidad, o fallo del funcionamiento correcto, puede causar daños en los consumidores finales.
Es por ello que en este tipo de empresas sea muy aconsejable contratar un seguro multirriesgo, aunque la ley, solo obligue a contratar uno que proteja a terceras personas de los daños que le puedan causar, y que sea de la culpabilidad en si.
Hemos seleccionado las coberturas que consideramos más importante para una empresa de conservas y a continuación procederemos a mostrarlas:
Coberturas
Derrame de líquidos.
Responsabilidad civil de los productos.
Daños materiales asegurados
Incendio, Explosión o caída de rayo.
Humo.
Colisión de vehículos o caída de aeronaves.
Ondas sónicas.
Actos de vandalismo, acciones tumultuarias y huelgas legales.
Inundación.
Derrame de las instalaciones automáticas de extinción de incendios.
Gastos asegurados
Salvamento, demolición y desescombro.
Reposición de archivos, moldes y matrices.
Otros riesgos asegurados
Asistencia 24 horas.
Valor de nuevo para el continente.
Revalorización automática y compensación de capitales.
Cobertura automática del 10%.
Riesgos extraordinarios.
Garantías opcionales que son aconsejables pero no imprescindibles:
Rotura de lunas, espejos, cristales y rótulos.
Daños por agua con búsqueda y reparación de la avería.
Robo y atraco.
Dinero en efectivo.
Atraco a clentes y empleados.
Desperfectos.
Responsabilidad civil, defensa jurídica y fianzas.
Reclamación de daños.
Pérdida de beneficios.
Gastos generales.
Beneficio bruto.
Indemnización diaria.
Otros riesgos
Daños eléctricos.
Daños a ordenadores y equipos electrónicos.
Deterioro de mercancías en cámaras frigoríficas.
Transporte de mercancías.
Recomposición estética.
Para las energías renovables, Allíanz tiene una amplia variedad de seguros que cubren diferentes situaciones e imprevistos que se puedan dar en cualquier momento. Cada día son más los parques fotovoltaicos que se construyen para dar energía renovable a las personas. Estos sistemas, tienen un alto coste de construcción y montaje y por lo tanto, necesitan de una cantidad de años para poder amortizarse.
Con un seguro que proteja los diferentes imprevistos que puedan ocurrir, el propietario de la instalación se garantizará que en caso de surgir algún problema, no verá su empresa damnificada por las pérdidas, pues la aseguradora se encargará de la reposición e indemnización pertinente.
A continuación mostraremos las diferentes coberturas disponibles:
Montaje:
Incendio, Explosión y Caída de Rayo.
Intervención bomberos.
Demolición y desescombro.
Salvamento,traslado y depósito de los bienes.
Limpieza.
Intervención facultativa de arquitectos, ingenieros y demás profesionales, hasta 60.000€
Peritos, hasta 30.000€
Rellenado de los equipos contra incendios.
Coberturas varias:
Obtención de permisos y licencias.
Reconstrucción de jardines.
Acción del Agua.
Fenómenos Atmosféricos y Riesgos
Complementarios.
Daños Eléctricos.
Avería Equipos Electrónicos.
Robo y Expoliación.
Daños Materiales
Instalaciones FotovoltaicasCoberturasOpcionales.
Rotura deMaquinaria.
La reparación de los daños materiales o su reposición, cuando desaparezcan o se destruyan los seguidores solares, como consecuencia directa de una causa accidental, súbita e imprevista, acaecida en el curso de su utilización,trabajos de conservación o traslado dentro la planta fotovoltaica.
Lucro Cesante.
Pérdida del Margen Bruto o de los Gastos Permanentes que resulta de la disminución del volumen de negocio. Tres modalidades:
Lucro Cesante a consecuencia de Incendio, Explosión y Caída de Rayo.
Lucro Cesante a consecuencia de Robo y Expoliación.
Lucro Cesante a consecuencia de Daño Eléctrico y Rotura de Maquinaria.
Responsabilidad Civil. Obligación de indemnizar a terceros por daños y perjuicios ocasionados por el Asegurado a consecuencia de:
Responsabilidad Civil de la Explotación.
Responsabilidad Civil Patronal.
ResponsabilidadCivildelProducto.
Daños materiales:
Bienes en Construcción.
Incendio, explosión y caída de rayo.
Robo y expoliación.
Caída de aeronaves, choque de vehículos e impacto.
Viento, granizo, nieve y lluvia.
Tempestad, huracán,tifón y ciclón.
Helada y deshielo.
Desbordamiento, inundación y embates delmar.
Hundimiento y corrimiento de tierras, desprendimiento de rocas y aludes.
Montaje de Instalaciones Fotovoltaicas
Terremotos, vulcanismos y maremotos.
Consecuencias de errores de diseño.
Consecuencias de defectos en los materiales.
Consecuencias demano de obra defectuosa.
GastosDerivadosIncluidos.
Intervención de bomberos.
Demolición, desguace y desescombro.
Salvamento.
Desembarre.
Riesgos Político Sociales.
CoberturasOpcionales.
Pérdida de Beneficios Esperada (ALOP).
Mantenimiento.
Ibercaja pone a disposición de los comerciantes un seguro multirriesgo que garantizará una serie de imprevistos que ocurran en cualquier momento en su lugar de trabajo.
Disponer de un seguro que garantice una serie de siniestros es de vital importancia, para, en caso de una desastrosa situación, el comerciante pueda ser indemnizado y los destrozos reparados, hasta dejar el lugar como antes de lo ocurrido.
A continuación mostraremos las diferentes coberturas que maneja el seguro para comercios de Ibercaja:
Básica de Incendios y daños diversos.
Daños materiales directos por incendio, explosión, autoexplosión, caída de rayo, lluvia, viento, pedrisco o nieve, inundación, desbordamiento o roturas de presas y diques de contención, actos de vandalismo, huelgas legales, humo, impacto de animales, vehículos terrestres, marítimos o aéreos, ondas sónicas, derrame o escape accidental de la instalación de extinción.
Los gastos de salvamento, extinción y desescombro y la reconstitución de archivos y documentos no informáticos.
Desalojamiento forzoso: alquiler de otro local (máximo un año) y pérdida de alquileres (máximo un año).
Daños estéticos.
Mayor stock de mercancías.
Daños por agua:
Daños materiales directos por escape, reventón, rotura, desbordamientos o atascos, omisión de cierre de grifos, gastos derivados de la búsqueda y localización de la avería y reparación de la avería.
Responsabilidad civil frente a terceros:
Responsabilidad civil inmobiliaria. Responsabilidad civil explotación, finanzas y defensa, responsabilidad Patronal, responsabilidad civil de productos, trabajos terminados y servicios prestados, responsabilidad civil derivada de incendio y/o explosión y frente al propietario, responsabilidad civil derivada de daños por agua y reclamaciones.
Roturas
Cristales, mármoles y loza sanitaria y lunas, vidrios, espejos, rótulos y luminosos.
Paralización de actividad y pérdida de beneficios:
Gastos fijos en caso de interrupción de la actividad (máximo 3 meses).
Accidentes corporales:
Muerte e invalidez permanente absoluta (máximo 30.050,61 € por víctima y siniestro).
Robo y expoliación. Cobertura opcional para locales comerciales.
Daños materiales directos por robo, expoliación y desperfectos. Robo de dinero en caja de caudales (máximo 1.502,53 €), robo de dinero en muebles cerrados (máximo 601,01 €), expoliación de dinero dentro del local (máximo 1.502,53 €), mercancías en escaparates (máximo 3.005,06 €), expoliación de transportadores de fondos (máximo 1.502,53 €), atraco a clientes o empleados (máximo 1.502,53 €), gastos de vigilancia temporal (máximo 601,01 € / stro.).
Si es autónomo o lleva una empresa, es obvio que necesita contratar un seguro de responsabilidad civil que conlleva la explotación del mismo para defender a otras personas o sus bienes muebles de los posibles daños que les pueda causar durante la realización de la actividad asegurada.
A continuación mostraremos una variedad de las diferentes opciones que existen:
Responsabilidad Civil de Explotación, para las actividades del tipo citado, siendo contratable tanto para autónomos como para empresas.
Responsabilidad civil Patronal, es la responsabilidad que cubre las lesiones o muerte sufridas por los empleados del autónomo o empresa asegurada como consecuencia de un accidente de trabajo.
Responsabilidad civil Post-trabajos, es la que garantiza los daños ocasionados por los trabajos realizados por el asegurado, una vez que estos hayan sido entregados.
Responsabilidad civil Productos, es la responsabilidad que cubre los daños que pueda causar el producto obtenido (como consecuencia de la actividad empresarial) después de su entrega.
Responsabilidad civil Inmobiliaria/Locativa, es la que cubre los inmuebles o locales, que donde el asegurado ejecute su actividad empresarial.
Responsabilidad civil Subsidiaria, es la que cubre al asegurado por su obligatoriedad deba afrontar, aunque no directamente, por actos de terceros en conexión con su propia actividad.
Responsabilidad civil Cruzada, esta responsabilidad es la que cubre al asegurado, sea autónomo o empresa de los daños corporales sufridos por empleados de Contratistas y Subcontratistas del asegurado y que la culpabilidad recaiga en el mismo.
Responsabilidad Civil Profesional, con esta responsabilidad civil entendemos, la que cubre al asegurado como resultantes de una acción u omisión involuntaria en el ejercicio de una actividad profesional. Se cubren los daños que puedan ocasionar los errores profesionales cometidos por personas que ejercen las actividades propias de la titulación que poseen.
En la actualidad existen numerosos seguros con muchas variantes, que cubren las más diferentes circunstancias de la vida cotidiana. Para los empresarios, hay una gran variedad de posibilidades de contratación que las compañías aseguradoras elaboran, para proteger los diferentes entornos de la función profesional que desarrollan.
Algunos de estos seguros son obligatorios: los de Responsabilidad Civil obligatoria, que protegen a terceras personas de los daños que pueda causar el asegurado realizando la actividad o función asegurada.
Otros en cambio son voluntarios, pero no por ellos menos importantes ya que pueden proteger los más variados imprevistos cotidianos que puedan dañar de forma personal o profesional los bienes del asegurado, o su propia persona, viéndose afectado económicamente, o incluso imposibilitado para seguir desempeñando su trabajo como hasta el momento antes de ocurrir el siniestro.
Es por ello aconsejable, contratar una serie de seguros que a continuación indicaremos y que protegerán ante cualquier suceso imprevisto:
Seguro de empresas y pymes multirriesgo: la variedad de seguros para empresas e muy amplia, así como los precios de las primas y las coberturas que incluirán. Un seguro multirriesgo protegerá al empresario ante casi cualquier imprevisto que pueda ocurrir, independientemente del origen por el que haya sido causado. Gracias a las amplias coberturas el asegurado se verá protegido de los daños, reponiendo todo lo dañado hasta como se encontraban antes de sufrir el accidente, e indemnizando por todos los perjuicios.
Seguro de baja laboral: los seguros de accidentes protegen a los asegurados en caso de tener un accidente o enfermedad en los que causen baja laboral temporal. Existen de varios tipos, mientras que en unos se harán un solo pago en cuanto se presente el parte de la baja, en otros se abonará una cuantía mensual que variará dependiendo del tipo de baja que el asegurado tenga. Con estos seguros, los profesionales se aseguran que ante una incapacidad temporal no verán mermada su economía al no poder producir, sino que complementarán la prestación del sistema público con la que le otorgue el seguro privado.
Este blog funciona gracias a WordPress | Un blog de Seguros Red | Condiciones de uso de los contenidos | Responsabilidad
Comentarios Recientes